Transparencia y protección
En su naturaleza constitucional, a partir de octubre del 2002, se reconoce la creación del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) como un organismo encargado de garantizar que todas las dependencias federales de México hagan pública la información sobre el uso de recursos, asignación de sueldos, así como los criterios usados en la toma de decisiones del gobierno; en esencia, sería el instrumento vigilante de las formas de operación, asignación, y aplicación de los recursos de las instituciones del gobierno en la atención a la ciudadanía, de acuerdo a sus funciones y servicios; aunque, se suponía, además, era para evitar los actos de corrupción que precedían a esta ley.
En una transición, como las que ocurren en cada gobierno, con el afán de mejorar la utilidad del Instituto, aunado a la publicación de la Ley General de Transparencia, el IFAI se transformó cambió su nombre por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; otorgándole nuevas atribuciones que lo consolidaron como un organismo garante a nivel nacional, para informar, a quien lo solicite, de las acciones y actividades, de los entes públicos; respecto de sus responsabilidades, especialmente en el uso de los recursos recibidos, considerados como el dinero del pueblo.
En su derivación constitucional, establecido en la reforma del 2007, al artículo VI. se reconocía el derecho a la información, estableciendo algunos objetivos: El principio a la máxima publicidad en la información pública; la protección de datos personales que obren en los archivos gubernamentales, la obligación de los sujetos obligados para hacer la divulgación correspondiente de la información relativa a los recursos públicos y la obligación legal de preservar los documentos en archivos actualizados.
Sin duda, para quienes tuvieron la responsabilidad de modificar y elaborar, los principios establecidos en la constitución
mexicana, seguramente pensaron en ofrecerle, a los ciudadanos, algunas alternativas en la construcción de paradigmas que permitieran informar, transparentar el uso de los recursos del pueblo, así como la de garantizar una seguridad de los datos personales que solo le atañen a los interesados, aunque, en este caso, era importante determinar cuales son los datos que debían resguardarse, para seguridad de los individuos.
Esto último, es una de las partes fundamentales, de las leyes respectivas, sin embargo, el desconocimiento de las mismas, aunque no eximen, han provocado grandes confusiones, pues en la realidad, no se puede decir que la vida social datos personales este debidamente resguardada y protegida.
Si bien es cierto que han existido una serie de intereses generales, cuyo beneficio, pareciera, sería a toda la sociedad, sin embargo, solo se han convertido en banderas para defender una institución que desde su origen no ha tenido los resultados esperados, es decir, el INAI, aunque se diga lo contrario, es un instituto, cuyos gastos son exorbitantes, como ha ocurrido con otros similares como el INE y ahora, ante la posibilidad de ser trastocado, se han hecho algunas declaraciones, particularmente de su presidenta Blanca Lilia Ibarra, argumentando la necesidad en el cumplimiento de sus funciones, por ello, ha exigido el nombramiento de los elementos faltantes para que puedan seguir trabajando y atendiendo las solicitudes de la gente, que es a quienes se deben, y no a los órganos de gobierno; de lo contrario, así lo dijo, se atenta contra la democracia, si es que el Instituto sufre del desinterés de quienes son los responsables de escuchar sus demandas; dicho de otra manera, esto se refiere, en específico, a la falta en el número de sus integrantes, ante ello, se dejarían de atender todas las demandas que se tienen actualmente.
Con la certeza de que existen grandes cantidades de personas que desconocen la existencia y funciones del INAI, si se puede determinar, en muchos casos, que la presunta protección de los datos personales, es ficticia; por ejemplo; desde el registro en la listas electorales, ya quedan registrados los datos dactiloscópicos, que permiten identificar fácilmente a las personas; derivados (as) de esta base, existen, en otras instancias, los archivos en apariencia secretos, sin embargo, esa información la tienen otro tipo de instituciones; usadas para la fácil localización de la gente.
Con todo lo anterior, debe ser imperioso, tomar las medidas pertinentes, no solo para la designación de consejeros en el INAI, para no obstruir sus arduas labores; de sus decenas de casos por resolver y que causarían graves consecuencias. En un imaginario comparativo, hay juzgados, de diferentes niveles que tienen más casos que atender y no se quejan; ahí, al parecer, si trabajan. Por otro lado; además, que se trabaje, realmente en cuidar los datos y a las personas, que la gente pueda ir a cualquier lugar sin recibir un mensaje, con el nombre por delante, para dar la bienvenida; o bien, que investiguen como llegó la información a los bancos, pues hay llamadas, con el perfecto conocimiento de los receptores, ofreciéndoles créditos y tarjetas; en fin, si de transparentar recursos se trata, que hagan cumplir las funciones de las contralorías y de las autoridades hacendarias; con ellas bastaría para tener amplia seguridad en la protección y en la transparencia; o no?