Derecho a la seguridad social para las trabajadoras del hogar
Por supuesto que este es un derecho inalienable para las trabajadoras del hogar, ya que existen los elementos para configurar una relación laboral (prestación de un trabajo personal, subordinación a una persona y el pago de un salario) y ahora con la propuesta del candidato José Antonio Meade “será posible haciendo deducibles de impuestos las aportaciones de sus patrones".
Un dato histórico e irrazonable para esta forma de prestación laboral fue la injusta disposición del Art. 25 de la Constitución de Cádiz (1812), al disponer que los derechos del ciudadano se perdían por el hecho de ser servidor doméstico y la mayoría de los trabajadores del hogar laboraban por casa y comida, y en muy pocas ocasiones por un pago mínimo, obvio sin ninguna prestación.
De lo anterior resulta necesario reconocer que resulta inadmisible que aun hoy en día el “servicio doméstico remunerado de los hogares” esté considerado dentro de la economía informal, ya que -según el INGEI- “lo hacen bajo modalidades en las que se elude el registro ante la seguridad social”, no obstante, de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, que reportó en el primer trimestre de 2018 a 2 millones 248 mil 814 personas ocupadas en trabajo del hogar remunerado del total de la Población Ocupada en la Informalidad (30 millones 5 mil 929 personas).
En este orden de ideas se han presentado varias iniciativas para reformar la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, ya que en el Art. 13 de esta última se señala que la afiliación de las trabajadoras del hogar es voluntaria, siendo que estas trabajadoras deberían estar consideradas en el régimen obligatorio, sin embargo, todas han sido desechadas porque en los resolutivos de las comisiones de ambas Cámaras se demostró que se podría presentar un desempleo importante en este sector por la imposibilidad económica para darlas de alta en el IMSS e INFONAVIT, pero ahora con la propuesta de Meade, éstas serán deducibles.
Recordemos que la seguridad social va mas allá de los servicios de salud, abarca también maternidad, protección en accidentes y enfermedades laborales, incapacidades por enfermedad general, ahorro para el retiro, guarderías y prestaciones sociales, así como créditos para viviendas, derechos que deben gozar las y los trabajadores del hogar, en un acto de justicia social.