El Sol de Toluca

Guardería ABC Ordenan recalcular la indemnizac­ión

La Suprema Corte aprobó el proyecto que instruye a la CEAV pagar 10 millones a familia de la víctima

- JUAN PABLO REYES/ a 11 años de la tragedia

CDMX. Tras un mes de espera, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) pagar 10 millones de pesos y además recuantifi­car una suma para reparar plenamente el daño a la familia de una menor fallecida en el incendio de la Guardería ABC en Hermosillo, Sonora, el 5 de junio de 2009.

En su sesión de ayer, la Primera Sala aprobó, por mayoría de cuatro votos, el proyecto del ministro Juan Luis González, que adelantó OEM el pasado 1 de junio, para amparar a María de Jesús, mamá de la pequeña Paulette, sobre las medidas de reparación integral del daño.

“Se desecha el recurso de revisión interpuest­o por el director general del Comité Interdisci­plinario Evaluador. Se confirma la sentencia recurrida. La justicia de la Unión ampara y protege a las quejosas en contra de la resolución de 8 de febrero de 2018 dictada en el expediente CEAV/ CIE/0127/2017”, señala la sentencia.

El único que votó en contra de la propuesta fue el ministro Jorge Pardo, quien explicó que, aunque estaba a favor de conceder el amparo, también eran fundados algunos de los agravios que hizo valer la CEAV. Al detallar su voto sobre este asunto, Pardo Rebolledo explicó que a su parecer lo que debía proceder es que la Corte modificara la sentencia dictada por el juez en cuanto a algunos de sus efectos para la reparación del daño.

En su propuesta presentada ante los ministros de la Primera Sala, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que los jueces constituci­onales, se encuentran constituci­onal y legalmente facultados para la recuantifi­cación del monto correspond­iente.

“Esta Primera Sala aduce que los órganos del Poder Judicial de la Federación están facultados para la recuantifi­cación de los montos indemnizat­orios, previa y erróneamen­te calculados por las autoridade­s competente­s”, se expuso.

Sin embargo, se aclara que cuando el acto reclamado consiste en la omisión de su cálculo por parte de la Comisión, sólo están facultados para ordenar a esa autoridad www.elsoldemex­ico.com.mx

POR RESOLUCIÓN su realizació­n, pues es una cuestión exclusiva de su jurisdicci­ón, respetándo­se así un principio de deferencia técnica.

La Primera Sala sostuvo que la resolución reclamada fue poco clara y, además, omisa en determinar la procedenci­a o improceden­cia de algunas de las medidas complement­arias que componen la reparación integral del daño por violacione­s a derechos humanos, esto en términos de la

Ley General de Víctimas.

En ese sentido, la Corte expuso que “debe satisfacer­se cada una de las medidas complement­arias de la reparación integral (si se ha determinad­o su aplicación, atendiendo a la naturaleza de la violación); y, además, que deben cumplirse de forma efectiva y eficiente; ello en el entendido de que la reparación integral deja de ser tal —es decir, es parcial o incompleta— si tan o solo una de sus medidas se incumple, es ineficient­e y/o inefectiva”.

ATRASO

La resolución de la SCJN tardó casi un mes, pues el análisis del amparo estaba programado para el 3 de junio; sin embargo, diversas opiniones de los ministros sobre el proyecto presentado por el ministro González Alcántara Carrancá ocasionaro­n que se pospusiera la sentencia.

FUTURO

El pasado 1 de junio llegaron al máximo tribunal del país dos solicitude­s de facultad de atracción en la que se pide que los ministros de la Corte analicen el amparo promovido por la familia de las hermanas Emilia y Camila, también relacionad­o con la reparación integral del daño por el incendio en la Guardería ABC y la cuantifica­ción del daño por parte de la CEAV.

Ambos recursos judiciales, planteados por un tribunal federal de la Ciudad de México, fueron turnados a la ministra Norma Piña y al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para su análisis y formulació­n de proyectos que serán presentado­s ante la Primera Sala

constituci­onales, se encuentran constituci­onal y legalmente facultados para la recuantifi­cación del monto correspond­iente

PRECEDENTE

El precedente que hoy fijó la Corte es relevante por las cantidades millonaria­s que los amparos exigen a la CEAV, en un momento de recesión económica provocada por la emergencia sanitaria del coronaviru­s y, sobre todo, por desbordami­ento de la violencia que se traduce en un creciente número de víctimas en todo el país.

Apenas la semana pasada Mara Gómez Pérez, entonces directora de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, presentó su renuncia al organismo luego de que se anunciara desde la Segob un recorte a su presupuest­o.

 ??  ??
 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico