No atender petición ofensiva
El comisionado presidente José Martínez Vilchis, Rosario Mejía y Guadalupe Ramírez opinaron que solicitudes deben ser con respeto las
La mayoría de las y los integrantes del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) consideraron que si un particular hace una solicitud de información ofensiva o con expresiones denigrantes, no se le deberá entregar el contenido.
Aun cuando la comisionada Sharon Morales y el comisionado Gustavo Parra pugnaron por entregar la información a una persona que hizo críticas en su petición y colocó adjetivos a un funcionario, advirtieron que no se puede limitar el acceso a la información, ni la libertad de expresión, la mayoría integrada por el comisionado presidente José Martínez Vilchis, Rosario Mejía y Guadalupe Ramírez opinaron que las con respeto.
EL CASO
solicitudes
La comisionada Sharon Morales Martínez propuso revocar la respuesta del organismo de Agua del municipio de La Paz, pues en una solicitud de información un particular hizo expresiones inadecuadas a un servidor público para conocer los vehículos que el organismo de agua utiliza, preguntó por los que usa para uso personal el director del Odapas de La Paz, la gasolina que le entregan y si le entregaron vales de gasolina y de cuánto ha sido el gasto del 2022 a este año. También solicitó el soporte documental.
POSTURAS A FAVOR
deben hacerse
Sharon Morales consideró que se debía ordenar la entrega de la información solicitada para no limitar el derecho fundamental de acceso a la información
Sharon Morales consideró que se debía ordenar la entrega de la información para no limitar el derecho fundamental de acceso a la información y señaló que el acceso a la información pública es un derecho fundamental que busca garantizar la transparencia gubernamental, permitiendo el escrutinio público y el empoderamiento de la ciudadanía a participar, y limitar ese derecho por el tono en que se hace la solicitud, iría en contra de promover un gobierno abierto y transparente.
Advirtió la funcionaria que el requerimiento es legítimo, pese a las expresiones que se utilizaron en la solicitud para conocer los gastos, y negar el acceso iría en contra de los principios de transparencia y rendición de cuentas.
El comisionado Gustavo Parra consideró que se debía revocar la respuesta del sujeto obligado y ordenar la entrega de la información solicitada, pues corresponde a un ejercicio del derecho de acceso a la información, y aun cuando existían manifestaciones subjetivas ofensivas no podían ser censuradas, pues eso no favorecía el derecho de la libertad de expresión.