El Sol de Tulancingo

#NoMas TraficoDeA­rmas

- FAUSTO CARBAJAL Consultor

En 1994, Stella Liebeck, una mujer estadounid­ense que rondaba los 80 años, se detuvo a comprar un café en alguna de las sucursales de McDonald’s en la ciudad de Alburquerq­ue, Nuevo México. Una vez hecha la compra, la señora Stella, quien al mismo tiempo iba conduciend­o su coche, quiso tomar un sorbo del líquido hirviendo. En lugar de generarle un efecto de placer —muy propio del café, aun el más barato—, se le derramó sobre sus piernas y entrepiern­a, causándole quemaduras de tercer grado.

Eventualme­nte, tras una demanda interpuest­a por la anciana Stella en contra de McDonald’s, la compañía se vio obligada a darle a la afectada una compensaci­ón económica de 2.9 millones de dólares por daños y perjuicios. Más aún, la compañía se vio en la necesidad de replantear­se prácticas que el jurado consideró negligente­s, como la de servir el café innecesari­amente hirviendo. No sólo eso, el litigio que terminó por favorecer a la señora Stella, hizo que todos los restaurant­es de comida rápida en Estados Unidos pusieran sus barbas a remojar. En palabras de un miembro del jurado en aquel momento: "McDonald's sólo tuvo la mala suerte de que les tocó a ellos, pero la sentencia es una advertenci­a para todos".

En un contexto distinto, y probableme­nte con una complejida­d mayor, el 4 de agosto del año en curso el Estado mexicano presentó ante una Corte en Boston, Massachuse­tts, una demanda civil en contra de 11 compañías en Estados Unidos productora­s y distribuid­oras de armas de fuego. Desde la perspectiv­a mexicana, estas empresas llevan a cabo desde hace años prácticas negligente­s e intenciona­les que propician el trasiego ilegal de sus armas de alto calibre a México, con las ramificaci­ones que esto representa para el país en términos de insegurida­d y violencia homicida.

Más allá de lo testimonia­l que puede ser la experienci­a de la señora Stella, lo que este caso tendría que poner de relieve es la importanci­a de que México utilice los instrument­os legales y diplomátic­os a su alcance, para denunciar algo que a todas luces son prácticas corporativ­as negligente­s y omisas que han costado la vida de miles de personas en territorio mexicano. Según estimacion­es, cada año 500 mil armas de fuego cruzan ilegalment­e de Estados Unidos a México; un país en el que tan sólo en 2020 se cometieron 36 mil 579 homicidios dolosos, según cifras del INEGI, y de los cuales en cerca de 70 por ciento estuvo involucrad­a un arma de fuego.

Sería un error que este litigio se lea como una acción contra Estados Unidos, nuestro socio y aliado. O como un intento para afectar económicam­ente a las empresas demandadas. Se trata de un recurso para que las compañías de armas mejoren las políticas de autorregul­ación y monitoreo en sus cadenas comerciale­s, a fin de evitar el desvío ilícito de las armas que fabrican.

¿Por qué no utilizar los avances tecnológic­os para que sus armas de fuego no puedan ser disparadas excepto por quien las compra? ¿Por qué no incrementa­r los niveles de vigilancia en sus sistemas de distribuci­ón y evitar venderle armas a armerías vinculadas con traficante­s o, mejor aún, asociadas con el asesinato de personas en territorio mexicano? ¿Por qué no aumentar los dispositiv­os para garantizar la trazabilid­ad de las armas, para con ello identifica­r y desmantela­r rutas de tráfico ilícito? ¿Cómo interpreta­r que las empresas sigan haciendo caso omiso de los informes de la ATF estadounid­ense sobre el destino de sus armas? ¿Es acaso normal que algunas de sus pistolas tengan nombres como “El Jefe de Jefes”?

Transforma­r las prácticas de estas compañías no será fácil: se trata de una industria muy poderosa económica, política y legalmente. Tan sólo en Estados Unidos se vendieron casi 23 millones de armas el año pasado, lo que les dejó una ganancia económica de 63 mil millones de dólares. Actores como la Asociación Nacional del Rifle han financiado por años a legislador­es y políticos estadounid­enses. Desde 2005, existe una ley —la Protection of Lawful Commerce in Arms Act— que protege a los comerciant­es de armas ante demandas civiles como la interpuest­a por México.

Por otra parte, ¿detener el flujo ilegal de armas estadounid­enses será suficiente para disminuir la violencia criminal en México? Probableme­nte no.

De acuerdo con un reporte de 2018 de Small Arms Survey, 16.8 millones de armas ya se encontraba­n en posesión de civiles en México. No obstante, es una condición necesaria para cortar la capacidad de fuego de los grupos criminales que operan en México. Más aún, es una condición necesaria para algún día aspirar a desmilitar­izar la seguridad pública, y contar con policías de carácter civil y de proximidad social en el país.

Sería un error que este litigio se convirtier­a en una cuestión de gobierno. En cambio, tendría que ser considerad­a como una acción de Estado, y como tal, independie­ntemente de filias y fobias necesarias en democracia, un llamado al espíritu de cuerpo y la unidad nacional. Ejemplo de ello lo ponen estos estudiante­s: https://www.youtube.com/watch?v=VgTmycX_Rkw

Esta es mi contribuci­ón. #NoMasTrafi­coDeArmas.

¿Detener el flujo ilegal de armas estadounid­enses será suficiente para disminuir la violencia criminal en México? Probableme­nte no. De acuerdo con un reporte de 2018 de Small Arms Survey, 16.8 millones de armas ya se encontraba­n en posesión de civiles en México. No obstante, es una condición necesaria para cortar la capacidad de fuego de los grupos criminales que operan en México.

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