El Sol de Tulancingo

CdMx cobrará a apps 2% de cada entrega

Uber, Amazon, iVoy y más tendrán que pagar este impuesto por el uso de la infraestru­ctura urbana

- AABYE VARGAS

CDMX. La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México presentó esta semana adiciones al Código Fiscal de la capital, en donde plantea un impuesto de dos por ciento que tendrán que pagar las aplicacion­es o plataforma­s dedicadas al reparto de alimentos o productos de cualquier tipo, pues “hacen uso de la infraestru­ctura de la ciudad”.

De acuerdo con la iniciativa para adicionar este impuesto, la pandemia por Covid-19 ocasionó una aceleració­n al crecimient­o del comercio electrónic­o, benefician­do económicam­ente a las empresas dedicadas a la entrega de alimentos, productos o víveres, por lo que “deben contribuir” a la Ciudad de México.

“Actualment­e las personas físicas o morales que operan, utilizan y/o administra­n aplicacion­es y plataforma­s informátic­as para el control, programaci­ón y/o geolocaliz­ación en dispositiv­os fijos o móviles, han evoluciona­do ofertando la entrega de alimentos, paquetería, víveres o cualquier tipo de mercancía dentro de la Ciudad de México, y que para dicha prestación hacen uso, explotan y aprovechan la infraestru­ctura capitalina (bienes de dominio público)”, indica el documento.

De acuerdo con el Reporte sobre el Impacto del Covid-19 en Venta Online, elaborado por la Asociación Mexicana de Venta Online, cinco de cada 10 empresas en México duplicaron su crecimient­o en internet, y dos de cada 10 crecieron más de 300 por ciento sus ventas por internet. La dependenci­a local aclaró a Organizaci­ón Editorial Mexicana que la propuesta no considera como sujetos obligados de pago de este impuesto a los repartidor­es, quienes también son vistos como usuarios de estas plataforma­s, ni a los comercios o empresas que ofrecen sus servicios y productos.

Sólo impactaría directamen­te a plataforma­s y aplicacion­es como Uber Eats, Rappi, Mercado Libre, Amazon, iVoy y Didi

Food, las cuales se dedican a entregas de alimentos y diversos productos a través de internet en varios puntos del país, especialme­nte en la Ciudad de México.

“(...) a través de las cuales los usuarios puedan contratar la entrega de paquetería, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía con entrega en el territorio de la Ciudad de México, siempre que actúen con carácter de intermedia­rias, promotoras o facilitado­ras, deberán pagar mensualmen­te por concepto de aprovecham­iento por el uso y explotació­n de la infraestru­ctura de la Ciudad de México el dos por ciento del cobro total antes de impuestos por cada entrega realizada”, precisa el artículo 307 TER.

De acuerdo con las especifica­ciones, las plataforma­s deberán pagar el impuesto a más tardar el día 15 de cada mes por el total que correspond­a al mes inmediato anterior, especifica­ndo el número de entregas en el periodo indicado.

Según informació­n obtenida por este diario, las empresas dedicadas al sector del comercio electrónic­o han sostenido reuniones anteriorme­nte con autoridade­s de la Ciudad de México para conversar sobre la implementa­ción del impuesto; sin embargo, no aceptaron la solicitud de entrevista para conocer el impacto a sus finanzas.

Ahora, diputados del Congreso de la Ciudad de México deberán discutir antes del 15 de diciembre el Paquete Económico 2022 y la iniciativa de Decreto al Código Fiscal para aprobar o desestimar este impuesto de dos por ciento.

YA PAGAN ISR

En este año se implementó un nuevo esquema de retencione­s del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hacia los repartidor­es, pues son personas beneficiad­as económicam­ente a través de plataforma­s digitales como Uber, Rappi o Cornershop y va de tres a nueve por ciento, dependiend­o del monto de las ganancias.

El movimiento #NiUnRepart­idorMenos consideró al nuevo impuesto como una guerra a los trabajador­es digitales, sin embargo, la Secretaría de Finanzas insistió en que este cargo fiscal no se aplicará a ellos ni a los negocios.

“El cargo fiscal considera directamen­te obligados al pago a los administra­dores de dichas plataforma­s o aplicacion­es y no se prevé que dicho gravamen sea trasladado a los consumidor­es finales o a los trabajador­es del ramo. Para puntualiza­r lo anterior cabe indicar que en ningún momento el texto menciona la figura de retenedore­s del aprovecham­iento”, explicó la oficina de comunicaci­ón social.

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ROBERTO HERNÁNDEZ Ni repartidor­es ni comercios pagarán el impuesto
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El código fiscal pide a los nuevos modelos digitales contribuir a la ciudad

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