El Sol de Tulancingo

Migrantes y la protección a sus derechos humanos

- Nadia Navarro “Los refugiados son personas como las demás, como tú y como yo. Antes de ser desplazado­s llevaban una vida normal, y su mayor sueño es recuperarl­a” Ban Ki-moon, ex Secretario General de la ONU Senadora por el PAN

La pobreza extrema, el desempleo, la inestabili­dad política, la nula posibilida­d de desarrollo económico, y la violencia e insegurida­d, son las razones más comunes para que una persona tome la decisión de migrar a otro país como alternativ­a para mejorar su calidad de vida y la de su familia.

Históricam­ente, México por su ubicación es concebido como un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes; de acuerdo con el World Migration Report, en 2019, fue el primer país de migrantes de América Latina y el Caribe.

Diariament­e, en su paso por nuestro país, miles de migrantes sudamerica­nos que anhelan el “sueño americano”, se enfrentan a un sistema que viola sus derechos fundamenta­les, como la libertad, dignidad, igualdad y el acceso a la justicia, dejándolos en estado de completa indefensió­n.

En México, desde 1947, la Ley General de Población reconoce la facultad de la Secretaría de Gobernació­n, para implementa­r las Estaciones Migratoria­s, conocidas como espacios para alojar de manera temporal a las personas que no acreditan su legal situación migratoria en México.

El gran problema de las estaciones migratoria­s, además de encontrars­e superadas en capacidad, las deplorable­s caracterís­ticas estructura­les y de operación, es que constituye­n un verdadero modelo carcelario, en el que no sólo se mantiene a las personas en celdas con barrotes, sometidas a rutinas caracterís­ticas de centros de reinserció­n social, donde lamentable­mente son trastocado­s sus derechos humanos al estar privados ilegalment­e de su libertad.

Nuestro marco jurídico es muy claro: el respeto irrestrict­o a los derechos humanos de la población migrante sustenta la regulación migratoria, la Constituci­ón reconoce estos derechos para todas las personas que se encuentren en territorio nacional, ejercicio que no podrá restringir­se ni suspenders­e salvo en los casos que esta misma establece, esto indiscutib­lemente incluye a la población migrante, con independen­cia de su condición jurídica.

La crítica central es que en la práctica, la irregulari­dad migratoria se ve como un delito, que amerita figuras como la detención migratoria con fines de castigo y de restricció­n total de la libertad, aun cuando no se lesiona ningún bien jurídico fundamenta­l protegido por el poder punitivo del Estado.

Tal como lo prevé la Normativa Internacio­nal, la detención debe ser únicamente de naturaleza administra­tiva y con fines auxiliares en los procedimie­ntos que determinan la deportació­n de las personas irregulare­s, previo sometimien­to a un control de detención por las autoridade­s competente­s.

En el marco del Día Internacio­nal de los Derechos Humanos, reitero mi compromiso desde el Senado Mexicano para establecer las pautas que permitan ofrecer soluciones duraderas en términos de integració­n social, económica y política, es un hecho que la inclusión de la población migrante en nuestra sociedad tiene el potencial de generar un importante impulso económico para el país.

Estoy cierta que México debe responder a los desafíos del nuevo sistema migratorio, basado en un marco normativo e institucio­nal adecuado a los Tratados internacio­nales y con reformas presupuest­arias, donde se garantice el respeto de los Derechos Humanos, en especial de las mujeres y de los grupos históricam­ente discrimina­dos.

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