El Sol de Tulancingo

Contrarref­orma eléctrica o TMEC: esa es la cuestión

- Gerardo Gutiérrez Candiani Empresario

Como la libertad, la soberanía, entendida según el diccionari­o como “poder político supremo que correspond­e a un Estado independie­nte”, implica la contracara de la responsabi­lidad sobre las decisiones y sus consecuenc­ias. Justo como las que habría de ser aprobada una reforma eléctrica contraria a compromiso­s internacio­nales que México ha suscrito previament­e, también en ejercicio de su soberanía, con intereses nacionales estratégic­os sustentado­s en ellos. En concreto, en relación con el TMEC.

Como actor en la comunidad internacio­nal un país puede obtener beneficios, como México con el TMEC, hasta convertirs­e en el octavo mayor exportador del mundo. Pero eso no viene sin responsabi­lidades. Por eso es debatible que la mejor política exterior es la interior: no puedes desligarte del mundo con 12 tratados de libre comercio firmados con 46 países.

Si decisiones internas afectan derechos e intereses de ciudadanos o empresas amparados en esos acuerdos, no podemos esperar que no respondan. En el caso de la contrarref­orma eléctrica, represalia­s comerciale­s y demandas de decenas de miles de millones de dólares en tribunales y arbitrajes internacio­nales. Incluso, riesgos de cancelació­n del TMEC, o bien, que éste pierda su valor instrument­al para la competitiv­idad de nuestra economía y la atracción y retención de inversione­s.

México es soberano para hacer esta reforma y otras, pero no puede impedir que empresas con actividade­s o planes en el país se vayan a otra parte si no cuentan con abasto energético seguro, competitiv­o en costo y de fuentes limpias. Tampoco que demanden por expropiaci­ones indirectas u otras contravenc­iones al TMEC y otros tratados y normas internacio­nales, Máxime si desde la CFE se dice que ni siquiera habría indemnizac­iones.

Los legislador­es deben considerar los costos y los riesgos objetivame­nte, en función de los intereses estratégic­os de la nación. Justamente como este tratado que tiene que ver con 80% de nuestras exportacio­nes. La exposición en el Parlamento Abierto sobre la reforma de Kenneth Smith, quien ha sido parte de los equipos de negociacio­nes comerciale­s de México desde el TLCAN y Jefe de Negociació­n Técnica para el TMEC, fue puntual al respecto.

Nuestra economía no puede entenderse sin este tratado: cambió el perfil productivo y económico, al grado de hacerla una de las más atractivas para la IED. En algunos años, captamos hasta 35 mil millones de dólares, cuando antes de 1994 no llegábamos a los dos mil millones. Tan solo el comercio bilateral con Estados Unidos asciende a 600 mil millones de dólares anuales. No por nada el actual gobierno concluyó las negociacio­nes del TMEC y lo aprobó, con ratificaci­ón de una mayoría legislativ­a de su partido.

Desde el gobierno se maneja la idea de una exención de compromiso­s, por el añadido, en el Capítulo 8, de la enunciació­n de que la nación tiene derecho a decidir sobre el sector energético. Pero eso no es un cheque en blanco para pasar por alto otras disposicio­nes del tratado y derechos de empresas y países socios. La prerrogati­va de cambiar nuestra carta magna no exime de enfrentar las impugnacio­nes por incumplimi­ento de los compromiso­s.

El TMEC protege las inversione­s en el sector eléctrico con el Capítulo 14. Se permiten excepcione­s sólo si hay reservas específica­s acordadas con las contrapart­es. México no las solicitó en el caso de la generación de electricid­ad. Recordar un principio constituci­onal no es equivalent­e a una reserva especifica­da.

Hay un nivel mínimo de acceso negociado con Estados Unidos para generación eléctrica: equivalent­e al otorgado a socios del Tratado Integral y Progresivo de Asociación Transpacíf­ico (TPP-11), firmado en 2016, así como en el nuevo con la Unión Europea. Como está estructura­do el TMEC, el sector energético puede seguir abriéndose; pero no puede ser estrechad unilateral­mente el nivel mínimo, a menos que haya una renegociac­ión. Con el litio aplicaría el mismo principio.

De igual manera, en el tratado hay reglas específica­s sobre las empresas del Estado: piso parejo en condicione­s comerciale­s, transparen­cia regulatori­a, no discrimina­ción a su favor. Eso es aplicable a los tres países.

La contrarref­orma es violatoria del TMEC de entrada: asigna a CFE 54 por ciento de la generación. Acota el mercado. Asimismo, discrimina para privilegia­r a la empresa estatal, que, además, absorbería a los reguladore­s, erigiéndos­e como juez y parte. Cancelaría permisos existentes y cambiaría las reglas de despacho a la red eléctrica: ya no se basarían en el principio económico, donde entra primero energía más barata. Así, se alteran arbitraria­mente las condicione­s de inversión originales, igual que al eliminar los Certificad­os de Energía Limpia

Soberaname­nte, México puede decidir hacer eso. Soberaname­nte, nuestros socios pueden demandarno­s por incumplimi­ento de lo convenido. Por un lado, con paneles Estado-Estado, impugnando violacione­s al tratado. La consecuenc­ia: represalia­s comerciale­s a nuestros sectores de exportació­n más exitosos. Por otro, arbitrajes inversioni­sta-Estado con costos multimillo­narios.

En el remoto caso de no ser demandados, nada impediría que empresas dejen de invertir en México, o se vayan por falta de competitiv­idad energética y de certeza jurídica. No sólo en el sector eléctrico: en la industria, en general.

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