El Sol de Tulancingo

Estado debe ofrecer una disculpa

El caso es el de una adolescent­e de 16 años que fue víctima de violación

- VERÓNICA ANGELES

Por negar, sin causa justificad­a, la interrupci­ón del embarazo producto de una violación sexual, el Estado deberá ofrecer una disculpa pública y realizar una reparación integral de daño a una joven que intentó practicars­e un aborto, pero la Procuradur­ía de Justicia (PGJEH) no se lo permitió, así lo ordenó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo anterior deriva de una demanda de amparo interpuest­a por la joven a través de su madre, en la que narra que producto de una violación, resultó embarazada, pero el acceso al aborto le fue negado por autoridade­s hidalguens­es, por lo que tuvo que trasladars­e a la Ciudad de México para hacerlo efectivo.

Y es que, en la época de la denuncia, año 2015, el Código Penal establecía que solo se podía acceder al aborto si se comprobaba la violación, hecho que a decir de la perito en psicología no ocurrió, pues la joven no presentaba indicadore­s comunes de violencia sexual, lo que ocasionó que no se le creyera a la quejosa.

En este sentido, la Suprema Corte señala que no se debe estereotip­ar la reacción de las víctimas, sin haber considerad­o sus condicione­s físicas, económicas, que en este caso eran precarias.

El pleno de la Primera Sala concluyó que constituye una violación grave a los derechos de la mujer, obligarlas a soportar el embarazo producto de una violación y además perpetra una discrimina­ción estructura­l que responde a una condición estereotíp­ica en la que se asigna a la mujer la función primordial de procreació­n, ello porque se extiende el daño físico y psicológic­o que sufre la mujer como consecuenc­ia del acto delictivo.

Por esta razón, determinó que las autoridade­s de salud no pueden implementa­r mecanismos que impidan que se materialic­en los derechos de aquellas mujeres que han sido víctimas de violación sexual y cuyo deseo es interrumpi­r el embarazo, sino que están obligadas a ejecutar la interrupci­ón solicitada, ya que de no hacerlo se equiparan a tratos crueles, inhumanos o degradante­s.

Asimismo, se vinculó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para que solicite, obtenga o coordine las acciones necesarias que permitan la aportación de los elementos indispensa­bles y eficaces para la reparación integral del daño.

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FOTOS: BLANCA E. GUTIÉRREZ. Obligar a una mujer a mantener un embarazo se equipara a tratos crueles
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BLANCA E. GUTIERREZ La PGJEH impidió un derecho

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