El Sol de Tulancingo

Tumba SCJN delito de ultrajes a la autoridad

- ITZEL MOLINA

XALAPA. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó tres de las cuatro fracciones del artículo 331 del Código Penal de Veracruz que desde marzo de 2021 castigaban con prisión de seis meses a dos años el delito de ultrajes a la autoridad.

Con 10 votos a favor y sólo uno en contra, los ministros del máximo tribunal declararon inconstitu­cional la legislació­n promovida por el gobernador morenista Cuitláhuac García y aprobada por el Congreso estatal, con la mayoría de Morena.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo elaboró el proyecto de sentencia con el criterio mayoritari­o que ya existía en la Corte, que ya había anulado en 2016 el mismo delito en la Ciudad de México.

Pardo Rebolledo explicó que la tipificaci­ón de este ilícito no sólo es ambigua e imprecisa, sino que vulnera derechos a la libertad de expresión, la legalidad y el principio de taxativida­d. Es decir, el texto no precisa ni abunda lo suficiente para dejar claro qué tipo de conductas se tipifican como prohibidas y qué tipo de sanciones son aplicables en términos legales.

De los votantes a favor, siete expresaron que hubo violación al principio de taxativida­d y libertad de expresión, mientras que tres se limitaron a señalar lo referente a la taxativida­d. El principio de taxativida­d es la exigencia de que las normas sancionado­ras describan con suficiente precisión qué conductas están prohibidas y qué sanciones se impondrán.

Ministros dijeron que la redacción del delito no era clara y “cualquier palabra, o gesto podría ser una agresión contra un funcionari­o”

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ARCHIVO ERNESTO MUÑOZ La Corte invalidó 3 de las 4 fracciones del artículo 331

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