Liberarán a quien ultrajó a autoridad
XALAPA. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon formalmente la inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, la cual tendrá una retroactividad al 12 de marzo de 2021, fecha en que ese ordenamiento entró en vigor.
Ayer, los ministros declararon la invalidez de los artículos 331, en sus fracciones I, II y IV, y del Artículo 371, en su Fracción II, del Código Penal del Estado de Veracruz por resultar violatorios a los derechos de libertad de expresión, legalidad y el principio de taxatividad.
“En consecuencia a la declaratoria de invalidez se propone que surta efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, fecha en que ese ordenamiento legal entró en vigor, a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Veracruz”, dice el fallo de la acción de inconstitucionalidad presentada por legisladores locales y la CEDH.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, autor de la sentencia, expuso que por extensión se declaró la invalidez de la Fracción III del Artículo 331 que establece una agravante al delito de ultrajes, y aunque no fue impugnada inicialmente, no puede subsistir de manera autónoma o independiente a la declaración de invalidez general.
Pardo Rebolledo indicó que para el eficaz cumplimiento de la declaratoria de inconstitucionalidad esta surtirá efecto una vez que la Suprema Corte notifique al Congreso del Estado; a los poderes Ejecutivo y Judicial; a los Tribunales Colegiados en Materia Penal así como a los Unitarios; a los Juzgados de Distrito; al Centro de Justicia Penal Federal que ejercen jurisdicción en el séptimo circuito, así como a la Fiscalía General del Estado.
Los puntos resolutivos de la sentencia fueron avalados por unanimidad del Pleno. “De esta forma queda definitivamente resuelto este asunto”, finalizó el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.