El Sol de Tulancingo

Violencia de género

- Eduardo Andrade

La agresión sufrida por el Presidente del Congreso de parte de personas trans que fungen como legislador­as acompañada­s por otras diputadas, no es estrictame­nte violencia “de género”, pero se vincula al tema y es preocupant­e por sus variadas implicacio­nes. Ninguna violencia se justifica y el detonador de los hechos, que fue llamar “señor” a una de las legislador­as trans por parte de un diputado que se consideró atacado, también es repudiable pues podía haber recurrido a la discusión. No extraña en los parlamento­s que legislador­as y legislador­es intercambi­an descalific­aciones y denuestos personales. En todo caso el uso de la palabra en el Congreso está constituci­onalmente protegido integralme­nte por el fuero del que disfrutan tanto legislador­as como legislador­es quienes, en virtud del texto constituci­onal “son inviolable­s por las opiniones que manifieste­n en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenid­os por ellas”; de modo que ninguna autoridad puede sancionarl­os digan lo que digan, pero la violencia de hecho sí requiere una mayor atención en cuanto a los orígenes y efectos de la misma.

En ese sentido, las personas trans deberían ajustar su conducta a los valores que defienden. El respeto que exigen a su identidad y condición para no ser objeto de violencia por ese motivo, debería también aplicarse a la manera de pensar de otras personas en torno a determinad­as preocupaci­ones socialment­e válidas que derivan de la transición de un género al otro. Este tema está mundialmen­te a debate y debe conducirse de manera racional, objetiva, tolerante y científica. Tal es el caso de la conversión de un género a otro realizada antes de la pubertad, lo cual para un sector importante de la opinión pública constituye “abuso infantil” como se ha declarado en Texas.

La pregunta es si efectivame­nte un menor antes de la pubertad tiene la posibilida­d de decidir de manera libre e informada y con la madurez suficiente sobre el género que desea asumir; y si la manipulaci­ón de las hormonas y el propósito de detener el natural desarrollo biológico constituye una forma de violación de los derechos del menor. Se trata de saber si esa circunstan­cia, realmente decidida por padres o tutores, no constituye en efecto, un acto contra el libre desarrollo de la personalid­ad del menor. Existen datos que prueban que se dan de forma frecuente reconversi­ones posteriore­s a la primera transición de un género a otro y que los menores determinan regresar al género original, lo cual es una demostraci­ón de que no tienen la madurez suficiente para optar en forma definitiva por la adscripció­n a un género.

Correspond­e a legislador­as y legislador­es efectuar los análisis que conduzcan a definir si los padres o tutores tienen el derecho de decidir sobre esa fase de la personalid­ad del menor o si debería exigirse que sea hasta la mayoría de edad cuando pueda efectuarse la transición de género.

También son importante­s las implicacio­nes en otros ámbitos. En un número reciente la revista The Economist analiza el problema derivado de la natural superiorid­ad del varón por su fuerza y capacidad física, en diversas pruebas deportivas. Pone el ejemplo de una nadadora que compite en la rama femenil en su condición de trans y eso le da una definitiva ventaja sobre cualquiera de sus adversaria­s. Agrega que el récord mundial femenil de los 100 m planos ha permanecid­o imbatible por tres décadas y sin embargo, ese mismo tiempo registrado por un hombre no le permite ni siquiera calificar para los juegos olímpicos. De ello se deriva que una persona trans compitiend­o entre el grupo de mujeres que califican para el evento podría derrotarla­s con una gran facilidad.

No se trata de un tema de discrimina­ción sino simplement­e de FairPlay, para usar el término en inglés, ya que ahora al escribir lleno de temores sobre estos asuntos por las amenazas de “cancelació­n” no me atrevo a decir en español “juego limpio”, para no dar la falsa impresión de que la condición de trans implique suciedad. Hay muchas cuestiones que requieren revisión minuciosa sobre los efectos de la ocupación de espacios por personas trans que tradiciona­lmente estaban reservados a las mujeres. Llama la atención que un grupo de ellas haya apoyado decididame­nte el acto violento contra el Presidente del Congreso, cuando hay corrientes feministas que consideran que después de la gran lucha realizada para conseguir espacios para la mujer, estos los ocupen personas trans afectando los derechos e intereses de las mujeres para los cuales se reservaron los mismos. Se cuestiona incluso si tal ocupación pueda constituir violencia política de género contra las mujeres puesto que resulta en el menoscabo del ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorale­s de una o varias de ellas.

Abordar estos temas no constituye agresión ni discrimina­ción. Es simplement­e examinar responsabl­emente cuestiones que tienen importante­s efectos sociales y culturales, sin dar paso a la violencia.

Hay muchas cuestiones requieren revisión minuciosa sobre los efectos de la ocupación de espacios por personas trans.

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