Hostigamiento sexual ahora es un delito
Legisladores separaron el concepto del de aprovechamiento
El Congreso Local aprobó modificaciones al Código Penal en materia de aprovechamiento y hostigamiento sexual. Tras recibir la iniciativa del diputado Juan de Dios Pontigo Loyola para separar los tipos penales de Aprovechamiento y Hostigamiento sexual, el último no mencionado como tal, sino solo estaba descrito dentro del Aprovechamiento, los legisladores aprobaron la reforma planteada.
En la exposición de motivos, el legislador comentó “queremos diferenciar los tipos penales de aprovechamiento y hostigamiento sexual a fin de establecer las definiciones concretas y específicas respecto de cada uno de los delitos”.
La propuesta fue sometida a estudio y análisis, y se consideró la opinión técnica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo emitida mediante oficio PGJH 02/SJDH/373/2022, y resultó procedente diferenciar los tipos penales de aprovechamiento y hostigamiento sexual. Quedando de la siguiente forma:
Artículo 188. Comete el delito de aprovechamiento sexual el que aprovechándose de la necesidad de alguien obtenga de éste o de un tercero vinculado a él, la cópula para sí o para otro, como condición para el ingreso o la conservación del trabajo, la promoción de éste o la asignación
La pena por el delito de aprovechamiento sexual será de dos a seis años de prisión y una multa de 30 a 120 días
de aumento, de remuneración o prestaciones para el solicitante, el trabajador o sus familiares, se le impondrá prisión de dos a seis años y de 30 a 120 días multa.
Artículo 189 Bis. Comete el delito de hostigamiento sexual el que con fines lascivos, asedie a una persona, se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de 40 a 80 días.
En el caso del aprovechamiento sexual, apuntó Pontigo Loyola, “sigue los parámetros de presencia simultánea de violencia estructural, violencia laboral, violencia de género y violencia sexual, en términos de la conjunción de acciones que van generando que la víctima sea aprovechada con base en su necesidad respecto del ingreso o la conservación del trabajo”.