Corridas de toros no son patrimonio
La asociación civil Cuenta Conmigo Tepic ganó un amparo para revertir la declaratoria del Congreso de Nayarit porque viola el derecho al medio ambiente sano
CDMX. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las corridas de toros y las peleas de gallos no pueden ser declaradas como patrimonio cultural inmaterial en Nayarit, pues son “actividades que generan sufrimiento, agonía e incluso la muerte de especies sintientes, de manera innecesaria o injustificada”.
Sin embargo, aunque el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán -que recibió cuatro votos a favor y uno en contrafalla a favor de la asociación civil Cuenta Conmigo Tepic, señala que esta sentencia “no debe entenderse en el sentido de que las peleas de gallos o la fiesta taurina deben prohibirse constitucionalmente”.
Lo anterior, explicó el ministro Pérez Dayán en su proyecto 80/2022, es porque esa es una situación ajena a la de ese expediente, pues la única pregunta que se le planteó es sobre si tales actividades pueden ampararse o protegerse a través de “derechos culturales con relación al derecho humano a un medio ambiente sano”.
El tema de la tauromaquia ha estado en el debate público las últimas semanas debido
Aunque la Suprema Corte condena la tauromaquia y las peleas de gallos, no las prohibió constitucionalmente
a que tanto un juez federal de la Ciudad de México como un Tribunal Colegiado decidieron suspender todas las corridas de toros a realizarse en la Plaza México, en tanto no se resuelva un amparo promovido por la asociación civil Justicia Justa que aseguró que los toros de lidia reciben un trato degradante y estigmatizador en este espacio, lo que violaría el derecho a un medio ambiente sano.
Sobre el caso de las corridas de toros en Nayarit, fue la asociación Cuenta Conmigo Tepic la que promovió este amparo luego de que el Congreso del Estado aprobara el 9 de mayo de 2019 declarar las corridas de toros y peleas de gallos como patrimonio cultural. Su argumento fue que el Congreso violó el derecho a un ambiente sano. El caso llegó hasta la Corte que le dio la razón a Cuenta Conmigo Tepic.