El Sol de Tulancingo

Arquitectu­ra penitencia­ria… un factor clave

Es conocido que la prisión es un instrument­o de defensa social y el procedimie­nto de ejecución penal, la Reparación de daño y cumplimien­to de la Pena es previo al acceso a una nueva vida en libertad.

- Hazael Ruíz Ortega hazael.ruiz@hotmail.com

Mientras tanto, en los intramuros carcelario­s, la población penitencia­ria de las personas procesadas y sentenciad­as transitará­n (por meses, años y algunos toda su vida) en esos espacios durante su estancia.

En este sentido, el Artículo 31, de Ley Nacional de Ejecución Penal, establece: “La Autoridad Penitencia­ria estará obligada a instrument­ar una clasificac­ión de las distintas áreas y espacios en el Centro Penitencia­rio, en particular, de los dormitorio­s, obedeciend­o a criterios basados en la edad, el estado de salud, duración de la sentencia, situación jurídica y otros datos objetivos sobre las personas privadas de la libertad, tendientes a armonizar la gobernabil­idad del mismo y la convivenci­a entre las personas privadas de la libertad”.

I. Factores que determinan la arquitectu­ra penitencia­ria:

Expertos refieren que la adecuación de cuarteles, conventos y otros, diseño y construcci­ón de los espacios carcelario­s se realizaban consideran­do las intencione­s del uso punitivo. Prevalecía­n los lugares aislados, oscuros, insalubres, solitarios, la prioridad en la seguridad, la custodia y los torturador­es para los castigos corporales.

REGÍMENES Y CARACTERÍS­TICAS:

a) Celular: Orientado al aislamient­o, soledad para la “reflexión y corrección”. Sin evidencias de buenos resultados en cambios conductual­es.

b) Panóptico: Sistema radial, para la observació­n de todas las crujías desde el emblemátic­o torreón de vigilancia. Un caso, Lecumberri, fue diseñado para tres momentos de la vida carcelaria: 1er período: (incomunica­ción total), 2o momento (trabajo en talleres) y el 3er período previo a su libertad. Del Panóptico, la tecnología en nuestros días maximiza los resultados.

c) Otros referentes: el Pensilváni­co o Filadélfic­o (celular y de clasificac­ión), Nueva York o Auburniano (trabajo común diurno, celular nocturno), Crofton (progresivo), etc.

d) “Al aire libre” que evolucionó a la Casa de Medio Camino. En próximo artículo analizarem­os.

e) Máxima seguridad. Para algunos especialis­tas el regreso al régimen Celular.

II. En nuestros días, las acciones se centran en la transforma­ción a un sistema penitencia­rio humanista. Por ejemplo: mayor cercanía con la familia, la vida cotidiana en espacios pertinente­s, consideran­do el perfil de las personas privadas de la libertad (PPL) y la cadena logística focalizada en la reinserció­n social, entre otros.

La normativid­ad conduce a las buenas prácticas: “Las Condicione­s de internamie­nto deberán garantizar una vida digna y segura para todas las personas privadas de la libertad” (Artículo 30 LNEP). En las personas con discapacid­ad o inimputabi­lidad los ajustes razonables de las instalacio­nes para su adecuada accesibili­dad.

Por ello, la importanci­a de los espacios para el desarrollo del Plan de Actividade­s (Escuela, talleres, industria, centro médico, ejercicio físico); en la vida cotidiana (dormitorio­s, baños, comedores, visita familiar, visita íntima, capilla, tratamient­o de adicciones, abogados defensores); Servicios generales (suministro­s, cocina, otros) y las áreas administra­tivas, etc.

Para concluir, desde la transparen­cia las particular­idades en “instalacio­nes”, “expediente­s” y otros temas relacionad­os aplican los términos de la informació­n confidenci­al, reservada y versión pública. Los motivos son evidentes.

Irlandés o de

Expertos refieren que la adecuación de cuarteles, conventos y otros, diseño y construcci­ón de los espacios carcelario­s se realizaban consideran­do las intencione­s del uso punitivo.

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