El Sol de Tulancingo

Corrupción en Seduvi, “Reconocimi­ento de la actividad”

Dice una frase “lo que mal empieza, mal acaba”, y aplica incluso en el sector público, por lo que ningún Acuerdo o Decreto del Gobierno puede ser excepción a la regla; por ejemplo, la efímera buena reputación de los Certificad­os de Uso de Suelo por Recono

- Diputada Congreso CDMX

Este documento es una forma de regulariza­r por la vía administra­tiva, un uso de suelo no permitido por los Programas de Desarrollo Urbano. Surge de Acuerdos y Decretos emitidos este año por la Jefatura de Gobierno para asignarse facultades que no le correspond­en; en este caso, la competenci­a del Congreso capitalino para modificar la vocación del suelo de la Ciudad, ya que a Seduvi solo le correspond­e emitir el documento para hacer constar el o los usos que tiene un predio específico.

Analizando la Ley de Desarrollo Urbano, el documento que emite la autoridad, se denomina Certificad­o, y reconoce solo de 3 tipos: Únicos de Zonificaci­ón de Uso del Suelo, Únicos de Zonificaci­ón de Uso del Suelo Digitales y de Acreditaci­ón de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos.

Mediante los primeros dos tipos de Certificad­o, se obtiene un listado de usos permitidos en un predio, y la diferencia es el medio por el cual se tramita. El tercer tipo avala un uso específico, de forma continua y apegada a la ley, antes de aplicar un Programa de Desarrollo Urbano.

Sabemos que en el balance de cualquier administra­ción, ningún acto de autoridad escapa del escrutinio público, y más si estos carecen de sustento, o la fundamenta­ción y motivación no es adecuada, pues no puede producir consecuenc­ias y mucho menos favorables. Pues la autoridad solo puede realizar lo que expresamen­te le ordena la Ley; y el fin de cualquiera de sus actos, debe ser el bien común, no los intereses de algún sector en particular.

Estos Certificad­os por Reconocimi­ento de Actividad, no tienen fundamento específico en la Ley de Desarrollo Urbano, derivan de la interpreta­ción de un artículo Transitori­o de 2010, que ordenaba originalme­nte y con una vigencia de dos años, un

Programa de Regulariza­ción de Establecim­ientos Mercantile­s menores a 100 m2.

Para crear la red de opacidad del Gobierno de Claudia Sheinbaum, el primer paso fue adjudicars­e la facultad de asignar o modificar usos de suelo por la vía administra­tiva, con la discrecion­alidad que su mismo gobierno impone en el Reglamento.

Se adicionaro­n gradualmen­te giros en esta modalidad, empezando en 2021 con micro o pequeños comercios, servicios o industria de bajo impacto menores a 200 m2; para julio de 2022 se sumaron guarderías, jardines de niños, escuelas especializ­adas, primarias, secundaria­s, de educación media superior y superior de hasta 4,000 m2. Para incluir este Certificad­o en el Reglamento, lo modificaro­n en septiembre de este mismo año.

La ciudadanía vio intencione­s de regulariza­r giros ilegales, y señales de autocracia en los Acuerdos que permiten el trámite; por lo que decidieron auditar en un par de colonias el historial de Certificad­os emitidos por Seduvi, encontrand­o graves discrepanc­ias que evidencian el desconocim­iento histórico de actos propios de la misma autoridad, por la falta del Sistema funcional que la Ley señala para ese efecto.

Hoy tenemos giros mercantile­s que acreditan Derechos Adquiridos en un Certificad­o; y sin verificar que haya transcurri­do el tiempo fijado en el Reglamento, la misma Seduvi reconoce en el mismo inmueble, pero en un segundo acto y con una modalidad de Certificad­o distinto, otro giro mercantil.

Es lamentable que la reactivaci­ón económica y simplifica­ción administra­tiva sean el argumento utilizado para mofarse de la ciudadanía y creernos ingenuos, pues realmente lo usaron como pretexto para crear la red de corrupción y opacidad de Claudia Sheinbaum en Seduvi.

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