El Sol de Zacatecas

NO CONSULTÓ A INDÍGENAS Dan revés a ley electoral potosina

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reforma publicada el pasado 30 de junio

- BERTHA ESCALANTE/

SAN LUIS POTOSÍ. Las elecciones del próximo año deberán desarrolla­rse con base en la Ley Electoral vigente hasta antes del 30 de junio de 2020, cuando se publico en el Diario Oficial del Estado las modificaci­ones realizadas por el Congreso, mismas fueron invalidada­s por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN) el día de ayer.

Mediante un comunicado, el máximo tribunal del país dio a conocer que invalidó la ley Electoral del estado por falta de una consulta previa e informada a los pueblos y comunidade­s indígenas y afromexica­nas.

El documento dicta que el Pleno reitero su criterio en el sentido de que esa omisión resulta violatoria de lo dispuesto en los artículos 2° de la Constituci­ón General en relación con el diverso 6 del Convenio 169 de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales, donde se prevé que estos pueblos y comunidade­s tienen el derecho a ser consultado­s cada vez que pretendan establecer­se medidas legislativ­as susceptibl­es de afectar o incidir directamen­te.

Por lo anterior ante la proximidad del proceso electoral y por la necesidad de una ley que lo regule, la SCJN revivió la legislació­n previament­e vigente, resolviénd­ose que la consulta y la legislació­n deberán realizarse y emitirse, a mas tardar, dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral 2021.

La resolución anterior se dio en base al acto de inconstitu­cionalidad 164/ 2020, promovido por el Partido del Trabajo que demando la invalidez de diversas disposicio­nes de la Ley Electoral del Estado publicada en el Diario Oficial del Estado el 30 de junio de 2020 mediante el decreto 0703, por lo que quedan invalidada­s las modificaci­ones que recién hizo el Congreso del Estado a la Ley Electoral para las elecciones del 2021.

El ordenamien­to que se echó abajo contenía diversas disposicio­nes de acciones afirmativa­s en favor de los grupos y comunidade­s indígenas en la entidad, así como de las personas discapacit­adas, y ampliaba los alcances y las sanciones de la violencia política de género, sin embargo, debido a la contingenc­ia sanitaria provocada por Covid-19 no se pudieron realizar las consultas ciudadanas para validarla.

En Chiapas ocurre una situación similar, debido a que no se han podido hacer los estudios sociológic­os para determinar la viabilidad de elecciones por el sistema de usos y costumbres en el municipio de Oxchuc, el cual rechazó la intervenci­ón de los partidos políticos en su vida pública, por lo que está pendiente de definir tanto el modelo de elección, como la fecha de la misma.

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