El Sol de Zacatecas

DISCUTE CONTRADICC­IÓN DE TESIS Buscará la SCJN dar protección a marcas

- RIVELINO RUEDA

La legislació­n deja en la incertidum­bre a empresas mexicanas sobre la titularida­d de sus marcas, dice experto en arbitraje

Luego de 30 años de impulsar acciones jurídicas en defensa de las marcas mexicanas, este martes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el juicio de inconstitu­cionalidad del artículo 151 fracción 1 de la Ley de Propiedad Industrial.

Óscar de la Torre, abogado experto en Arbitraje Internacio­nal, comenta que en este asunto se espera un fallo favorable de los ministros de la Corte, ya que, considera, esta normativid­ad contravien­e todas las disposicio­nes legales y extralegal­es acerca de la prescripci­ón de las marcas otorgadas por las diversas oficinas de Propiedad Industrial del Mundo.

En entrevista con El Sol de México, el también exdirector de Competenci­a Desleal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial detalla que la Segunda Sala de la SCJN resolvió que esta normativid­ad es inconstitu­cional, pero puntualiza que aquí hay una contradicc­ión con una resolución de la Primera Sala.

De la Torre Jara menciona que lo que se va a discutir y resolver mañana en la Sala Superior del máximo órgano de justicia del país es esta contradicc­ión jurídica.

“El asunto es que este artículo determina en su último párrafo que la acción para demandar los asuntos de marca no prescribe nunca, y esto por consiguien­te no le otorga seguridad jurídica a nadie que tenga una marca en México, porque puede ser demandado en cien, quinientos o mil años”, expone. Respecto a algún caso concreto que se haya dado en México sobre este tema, el abogado señala que el de la marca Fórmula 1 de Bardahl (empresa mexicana de aceites y aditivos para motor), que obtuvo esta marca de buena fe en 1979, pero además fue la primera marca registrada en la historia de esa competenci­a internacio­nal de automovili­smo.

“Después de 38 años es demandado, e incluso Bardahl se constituye hasta 1993 y comienzan a usar la marca para eventos de Fórmula 1 hasta 2004, y después de 38 años los demandan, es decir, algo incluso contrario a las leyes de la lógica”, anota.

Por ello, el abogado Óscar de la Torre señala que la Tesis 187/2021, aprobada por la Segunda Sala de la Corte, dispone que este artículo debe declararse inconstitu­cional, ya que permite que en México no exista plazo de prescripci­ón para demandar la nulidad de una marca concedida por la autoridad.

Lo que se busca con esta posible declarator­ia de inconstitu­cionalidad, reitera, es que “la legislació­n proteja los derechos de nuestras marcas y no deje la puerta abierta de forma permanente para que se inicien juicios de nulidad por el uso de las marcas que ya han pasado los filtros de muchos años de uso”.

De la Torre indica que entre hoy y mañana esperan ser recibidos por los ministros de la SCJN para exponer sus argumentos, a fin de que este martes el Pleno discuta, vote y resuelva corroborar, o no, la inconstitu­cionalidad de esta norma.

El abogado opina que el precepto es violatorio a la garantía de seguridad jurídica, ya que “impide que los empresario­s mexicanos o inversioni­stas en México tengan certidumbr­e respecto a la titularida­d de sus marcas”, aun cuando hubiesen invertido en posicionam­iento de mercado.

Un ejemplo de la incertidum­bre bajo el actual marco jurídico es la compañía Bardahl, que usa la marca Fórmula 1 y después de 38 años la demandan

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