La Justicia y la ley
La justicia y la ley, binomio indispensable en un Estado de Derecho. El diccionario de política, siglo Veintiuno editores, que dirigen Norberto Bobbio y Nicola Matteucci nos ilustran con una clasificación de tipos de justicia, entre otras, la referente a la JUSTICIA FORMAL “Dado que el que viola la ley es, como hemos dicho, injusto, y en cambio el que respeta la ley es justo, evidentemente todas las acciones legitimas son justas en cierto sentido porque `legitimo' es lo que el arte legislativo ha definido como tal, y llamamos `justo' cualquier procedimiento legislativo particular”. Ambos, justicia y derecho (ley) se legitiman mutuamente.
En días pasados dos personajes de altos niveles en la política nacional intercambiaban posiciones o ideales aparentemente encontrados; diferencias para dilucidar el valor o dimensión que debiera tomar por una parte justicia y, por la otra, la ley.
En un ánimo de respeto mutuo se desarrolló un dialogo epistolar, en el que emisarios entrevistadores del ámbito periodístico se encargaron de reproducir opiniones de ambos. Para uno, de mayor relevancia la justicia; el otro, pronunciándose por que se garantice el imperio de la ley.
Como refirió uno de los opinantes en redes sociales (tweet) “la diferencia entre lo legal y lo justo es tan antigua como la Grecia Clásica. Sostengo que no debe existir diferencia entre uno y otro: si algo es legal, debe también ser justo, y viceversa, lo justo debe igualmente ser legal” ello, después de que el otro (opuesto) señalara que: “Parece que dijo de que él estaba a favor del derecho más que de la justicia, porque yo sostengo lo opuesto y lo sentí como una réplica, una respuesta, y es bueno el tema, muy bueno” enfatizando que las posturas tienen que ver con la formación profesional de quien las vierte.
En efecto uno de los protagonistas (con formación jurista, legislativa y política), sostiene su defensa por un Estado de Derecho real, por la relevancia y dimensión del actuar en el marco de la ley.
El otro punto de vista que personifica la más alta magistratura del país (titular del poder ejecutivo), prefiere explicar el posicionamiento basado en cuestiones de carácter social. Quizá por eso se inclina por la justicia, así lo dijo.
El enfoque del hombre de leyes (jurista), para que sea una realidad la democracia y el estado de derecho, será “…cuando lo legal sea también legítimo, y la base de la justicia sea el derecho. La convergencia entre justicia y derecho es la experiencia civilizatoria más relevante de la humanidad y la democracia”
En el mismo contexto, Bobbio argumenta que “El concepto de justicia está íntimamente ligado no solo con le bien sino también con el del derecho, en el sentido de derecho legal y moral”.
La justicia formal es determinada en un estado de derecho como aquel previsto en nuestra Constitución; es de decir, a partir de ésta, se excluye la arbitrariedad no solo en las decisiones judiciales sino en el ejercicio de poder de autoridad política: gobierno de leyes y no de hombres, siendo el criterio a considerar si las disposiciones normativas se encuentran vigentes.
Actuar justamente se entiende, es actuar respetando el ordenamiento máximo que rige al Estado.
Quien legitima el poder, debe aceptar y actuar de conformidad a las normas prestablecidas a pesar de que no lo apruebe o se oponga a esa política.
5 de febrero. A propósito del Estado de Derecho en el aniversario 106 de nuestra Constitución, las posturas y relaciones interinstitucionales de los titulares y/o representantes de los tres poderes del Estado, se observaron rígidas, incluso al grado de no seguir los protocolos formales.
No esta fuera de contexto el análisis sugerido por Alejandro Nieto en su obra “CRITICA DE LA RAZÓN JURÍDICA” a inicio de este siglo XXI “nos encontramos con que los países en donde se pisotean con mayor violencia de derechos y se viven cotidianamente horrores físicos y morales cuentan con constituciones formalmente impecables. Luego esta claro que la Constitución, por sí misma, no garantiza nada y que de nada valen los valores en ella declarados.”
Las Constituciones no son mas que un texto lingüístico que promete maravillas de un Estado de Derecho que aseguran el imperio de la ley dice Nieto, muy lejano a un auténtico Estado de Derecho.
Las pomposas declaraciones emitidas en el marco del aniversario para conmemorar nuestro “Estado de Derecho” resulta ser una utopía.
Los discursos en alusión a nuestra Constitución no es más que la retórica, tan lejana como el sol se encuentra de la tierra, tan ficticia que se siguen violando valores en ella declarados.
Nuestra Constitución es el elemento capital del Derecho y no aquellas expresiones emotivas por el día conmemorado.