La identidad de personas no binarias
El Instituto
Nacional Electoral (INE) se encarga de organizar y conducir los procesos electorales federales, además participa en los comicios locales a través de algunas actividades. También tiene la atribución de resguardar permanentemente y de manera segura los datos de todas y todos los ciudadanos mexicanos mayores de 18 años que se inscriben en el Padrón Electoral a través del Registro Federal de Electores: nombre completo, domicilio, edad, sexo, firma, huellas dactilares y fotografía
De hecho, con estos datos se expide la credencial para votar, la cual no solo tiene como finalidad ser el medio por el cual se ejerce el derecho a votar, sino también es por excelencia el medio a través del cual las y los mexicanos nos identificamos. Por ello, los datos que componen al Padrón Electoral se actualizan de manera permanente.
La credencial para votar con fotografía es gratuita y tiene diversos mecanismos de seguridad que permiten garantizar que es infalsificable y que los datos contenidos en ésta corresponden fielmente a la persona que fue a tramitarla. Precisamente por esa confiabilidad, seriedad y responsabilidad en el manejo de los datos personales de la ciudadanía, es que el INE ha defendido con argumentos diversos intentos de apropiarse o de que les sean transferidas las bases de datos de millones de mexicanas y mexicanos a otras instituciones gubernamentales.
Desde hace más de tres décadas, la autoridad electoral se ha encargado de expedir la credencial para votar con fotografía con la que millones de mexicanas y mexicanos nos identificamos de manera cotidiana en muchos lugares. Sin duda alguna la finalidad de identidad que nos genera la credencial es muy importante, pues es la puerta de acceso al ejercicio de otros derechos.
En esa lógica de garantizar el ejercicio del derecho a la identidad, el lunes pasado el INE, en acatamiento a unas sentencias
del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobó un acuerdo en el que se considera viable que las personas que se identifiquen como no binarias, esto es, quienes no se consideren dentro de la categoría hombre o mujer, puedan asentarlo en su credencial para votar.
En ninguna circunstancia puede considerarse una decisión superflua e innecesaria. Quién lo haga, estaría cometiendo un error importante. La Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021 levantada por el INEGI, señala que en México existen cerca del millón de personas cuya identidad de género no encuadra en hombre o mujer.
De hecho, en dicha encuesta se plasma una definición que clarifica el concepto al que nos estamos refiriendo: La “identidad de género” es la manera en que cada persona a partir de su forma de ser, pensar, sentir y actuar se considera a sí misma como hombre, mujer u otro género y puede corresponder o no con su sexo de nacimiento.
Dichas personas cuya identidad de género sale de la dicotomía mujer u hombre están sometidas a un potencial alto grado de discriminación. Tan solo mencionar que, en la Encuesta sobre Discriminación en la Ciudad de México realizada en agosto de 2021, entre las causas más comunes de discriminación se encuentran las preferencias sexuales y el género. De ahí que una de las formas de garantizar su derecho a la identidad desde el INE es expedir su credencial para votar reconociendo su identidad genérica.
La forma en que dicha medida va a
El lunes
pasado el INE, en acatamiento a unas sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobó un acuerdo en el que se considera viable que las personas que se identifiquen como no binarias, esto es, quienes no se consideren dentro de la categoría hombre o mujer, puedan asentarlo en su credencial para votar. En ninguna circunstancia puede considerarse una decisión superflua e innecesaria.
operar, esto es, que las personas interesadas tengan asentada su identidad de género no binaria en la credencial para votar con fotografía, será de la siguiente manera: La primera es presentando el acta de nacimiento o carta de naturalización en la que conste su identidad no binaria. La credencial que se expedirá tendrá el identificador “X”, tanto en el campo del sexo, como en los datos de información y control que se localizan en la misma.
Si no cuentan con dichos documentos en los que conste su identidad de género no binaria, no hay problema. Basta que lo señalen para que se coloque un identificador “X” en el campo de sexo. Es importante señalar que no podrán ser modificados otros campos de información y control (como es la clave de elector o CURP), pues para ello es necesario contar con docu
mentos oficiales en los que se refleje esa identidad de género.
La garantía de los derechos fundamentales de las y los mexicanos no puede ser discrecional. Tampoco la progresividad en su promoción. Si queremos aspirar a un México en el que haya un efectivo ejercicio de derechos humanos, debemos voltear a ver a aquellas personas y situaciones en las que es necesario continuar aplicando acciones afirmativas, hasta que los derechos sean para todas las personas. Solo así es posible entender las medidas que buscan garantizar la igualdad. El INE, una vez más, volvió a dar una muestra de progresividad garantizando a las personas no binarias su derecho a la identidad.