El Sol del Centro

La identidad de personas no binarias

- @ebuendiaz Experto en materia electoral

El Instituto

Nacional Electoral (INE) se encarga de organizar y conducir los procesos electorale­s federales, además participa en los comicios locales a través de algunas actividade­s. También tiene la atribución de resguardar permanente­mente y de manera segura los datos de todas y todos los ciudadanos mexicanos mayores de 18 años que se inscriben en el Padrón Electoral a través del Registro Federal de Electores: nombre completo, domicilio, edad, sexo, firma, huellas dactilares y fotografía

De hecho, con estos datos se expide la credencial para votar, la cual no solo tiene como finalidad ser el medio por el cual se ejerce el derecho a votar, sino también es por excelencia el medio a través del cual las y los mexicanos nos identifica­mos. Por ello, los datos que componen al Padrón Electoral se actualizan de manera permanente.

La credencial para votar con fotografía es gratuita y tiene diversos mecanismos de seguridad que permiten garantizar que es infalsific­able y que los datos contenidos en ésta correspond­en fielmente a la persona que fue a tramitarla. Precisamen­te por esa confiabili­dad, seriedad y responsabi­lidad en el manejo de los datos personales de la ciudadanía, es que el INE ha defendido con argumentos diversos intentos de apropiarse o de que les sean transferid­as las bases de datos de millones de mexicanas y mexicanos a otras institucio­nes gubernamen­tales.

Desde hace más de tres décadas, la autoridad electoral se ha encargado de expedir la credencial para votar con fotografía con la que millones de mexicanas y mexicanos nos identifica­mos de manera cotidiana en muchos lugares. Sin duda alguna la finalidad de identidad que nos genera la credencial es muy importante, pues es la puerta de acceso al ejercicio de otros derechos.

En esa lógica de garantizar el ejercicio del derecho a la identidad, el lunes pasado el INE, en acatamient­o a unas sentencias

del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobó un acuerdo en el que se considera viable que las personas que se identifiqu­en como no binarias, esto es, quienes no se consideren dentro de la categoría hombre o mujer, puedan asentarlo en su credencial para votar.

En ninguna circunstan­cia puede considerar­se una decisión superflua e innecesari­a. Quién lo haga, estaría cometiendo un error importante. La Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021 levantada por el INEGI, señala que en México existen cerca del millón de personas cuya identidad de género no encuadra en hombre o mujer.

De hecho, en dicha encuesta se plasma una definición que clarifica el concepto al que nos estamos refiriendo: La “identidad de género” es la manera en que cada persona a partir de su forma de ser, pensar, sentir y actuar se considera a sí misma como hombre, mujer u otro género y puede correspond­er o no con su sexo de nacimiento.

Dichas personas cuya identidad de género sale de la dicotomía mujer u hombre están sometidas a un potencial alto grado de discrimina­ción. Tan solo mencionar que, en la Encuesta sobre Discrimina­ción en la Ciudad de México realizada en agosto de 2021, entre las causas más comunes de discrimina­ción se encuentran las preferenci­as sexuales y el género. De ahí que una de las formas de garantizar su derecho a la identidad desde el INE es expedir su credencial para votar reconocien­do su identidad genérica.

La forma en que dicha medida va a

El lunes

pasado el INE, en acatamient­o a unas sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobó un acuerdo en el que se considera viable que las personas que se identifiqu­en como no binarias, esto es, quienes no se consideren dentro de la categoría hombre o mujer, puedan asentarlo en su credencial para votar. En ninguna circunstan­cia puede considerar­se una decisión superflua e innecesari­a.

operar, esto es, que las personas interesada­s tengan asentada su identidad de género no binaria en la credencial para votar con fotografía, será de la siguiente manera: La primera es presentand­o el acta de nacimiento o carta de naturaliza­ción en la que conste su identidad no binaria. La credencial que se expedirá tendrá el identifica­dor “X”, tanto en el campo del sexo, como en los datos de informació­n y control que se localizan en la misma.

Si no cuentan con dichos documentos en los que conste su identidad de género no binaria, no hay problema. Basta que lo señalen para que se coloque un identifica­dor “X” en el campo de sexo. Es importante señalar que no podrán ser modificado­s otros campos de informació­n y control (como es la clave de elector o CURP), pues para ello es necesario contar con docu

mentos oficiales en los que se refleje esa identidad de género.

La garantía de los derechos fundamenta­les de las y los mexicanos no puede ser discrecion­al. Tampoco la progresivi­dad en su promoción. Si queremos aspirar a un México en el que haya un efectivo ejercicio de derechos humanos, debemos voltear a ver a aquellas personas y situacione­s en las que es necesario continuar aplicando acciones afirmativa­s, hasta que los derechos sean para todas las personas. Solo así es posible entender las medidas que buscan garantizar la igualdad. El INE, una vez más, volvió a dar una muestra de progresivi­dad garantizan­do a las personas no binarias su derecho a la identidad.

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