Ya tiene fecha el debate de la LSI
El ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, considera que esta ley es constitucional
A partir del próximo 12 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá la Ley de Seguridad Interior buscando acotar la intervención de las Fuerzas Armadas, pues declaró fundadas las preocupaciones de que pudieran actuar por sí mismas.
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará la discusión de la Ley de Seguridad Interior (LSI) el próximo 12 de noviembre. El proyecto resolución propone validarla, con la restricción de acotar la intervención de las Fuerzas Armadas.
En el proyecto del ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, se declaran fundadas las preocupaciones expresadas por los denunciantes en contra del Artículo 6 de dicha ley, ya que estima que de no contener una Declaratoria de Protección de Seguridad Interior, las Fuerzas Armadas podrían actuar por sí mismas y con lo cual se podrían violar las competencias de otras autoridades.
“No puede considerarse válido facultar a las autoridades para realizar acciones de seguridad interior si no existe dicho presupuesto, esto es, la Declaratoria, en virtud de que ello permitiría a las autoridades federales actuar por sí mismas, cuando el objetivo y finalidad de la ley pretenden atacar circunstancias excepcionales que exceden las capacidades de las entidades federativas”, se lee en el proyecto. Por ello, el ministro ponente detalla que dicha Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior es una herramienta por la cual el Presidente podrá ordenar la intervención de las Fuerzas Armadas en casos de riesgo y su vigencia no podrá exceder un año.
Empero, consideró inválido que el ejecutivo Federal pueda modificarla o prorrogarla por acuerdo presidencial, cuando subsista la amenaza a la seguridad interior que motivó esta Declaratoria, ya que considera que se viola “el principio de salvaguarda federal”.
El ministro Pardo Rebolledo buscará se anule el Artículo 8 de esta ley, ya que se menciona como una amenaza a la seguridad interior las movilizaciones sociales, lo cual enuncia no tiene “una verdadera justificación, pues el mismo es contrario a derechos humanos, pues permitiría que los desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana de cualquier índole sea considerado amenaza a la seguridad interior” y además “vulnera el contenido de los derechos humanos de reunión, de asociación, libre manifestación, libertad de expresión y tránsito”.