Demanda PAN a inmobiliarias seguro para resarcir daños
Lanzan iniciativa para que póliza de responsabilidad civil sea obligatoria
El grupo parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) propuso que constructoras inmobiliarias contraten de manera obligatoria una póliza de responsabilidad civil para que el ciudadano que se vea afectado por una obra goce de resarcimiento económico total hasta por un año.
La presidenta de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la ALDF, Margarita Martínez, dijo que se trata de una iniciativa que sugiere reformas a las leyes de Desarrollo Urbano y al Sistema de Protección Civil con la que se pretende que las 16 delegaciones puedan suspender y clausurar la obra por incumplimiento en las medidas de mitigación.
“Lo que se busca es que los ciudadanos puedan defenderse de manera expedita, sin trámite y sin irse a pelear con el gobierno capitalino”.
En conferencia de prensa, a la que asistieron Mauricio Tabe, dirigente capitalino, y Jorge Romero, líder de la bancada blanquiazul, la asambleísta señaló que las personas tendrán poder jurídico para defenderse de las constructoras que de resultar sancionadas, podrían padecer hasta la clausura o demolición de la obra.
Martínez Fisher aclaró que existe una póliza que tiene que pagar el desarrollador, aunque ésta se hace efectiva pagándole al Gobierno de la Ciudad de México y difícilmente los afectados ven los recursos para el resarcimiento de los daños. En la iniciativa de ley se contempla que el ciudadano podrá acudir a la delegación para solicitar una inspección a su inmueble para determinar si se suspende o clausuran las obras.
Informó que se plantea una reforma a la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en materia de los juicios de acción pública con la que se busca que ciudadanos, personas morales u órganos de representación ciudadana puedan solicitar juicios que defiendan sus derechos.
Mencionó que el tribunal podría ordenar la suspensión de la obra o la custodia del folio real, cuando no se acredite que el particular cuenta con las autorizaciones correspondientes, cuyos efectos serían nulidad del acto, clausura, demolición, restitución del inmueble cuando se trate de inmuebles patrimonio de la ciudad.