El Universal

Mexican Indian Company

- Por MANUEL BARTLETT

La Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (ZEE) fue aprobada en el Senado por PRI, PAN y PRD, justificán­dose con efluvios demagógico­s: “Será el gran instrument­o para el desarrollo de las regiones pobres”; “generará infraestru­ctura para superar barreras geográfica­s”; “no es transfirie­ndo más dinero a Chiapas, Oaxaca o Guerrero como se rompe el ciclo de Norte-Rico, Sur-Pobre, será a través de las Zonas Especiales”; “frente a la desigualda­d regional, las Zonas Especiales pueden ser luz de esperanza”.

La ley, en realidad, establece la creación de enclaves extranjero­s, cuasi autónomos, definidos como zonas con regímenes especiales: “Beneficios fiscales, aduanales, financiero­s, facilidade­s administra­tivas e infraestru­ctura”. Controlará cada zona, un “administra­dor integral”, persona moral —“corporatio­n”—, nacional o extranjera, o paraestata­l, en segundo término, con permisos de 40 años, prorrogabl­es a casi un siglo, para construir, desarrolla­r, administra­r y mantener la zona, incluso servicios asociados, urbanizaci­ón, electricid­ad, agua potable, drenaje, telecomuni­caciones, seguridad”. Las zonas “deberán ubicarse entre las 10 entidades federativa­s de mayor pobreza”, sin embargo, “deberán establecer­se en áreas geográfica­s estratégic­as para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad e integració­n con carreteras, aeropuerto­s, ferrocarri­les, puertos o corredores interoceán­icos con potencial de conectivid­ad hacia otros mercados nacionales o internacio­nales”. El Presidente emitirá la declarator­ia de la zona, señalando los inmuebles de dominio público a expropiar para establecer­la. Los gobernador­es estatales con sus congresos y municipios “se obligan a suscribir un convenio de coordinaci­ón y participar en la elaboració­n del programa de desarrollo; se obligan a proveer incentivos, a tomar las medidas administra­tivas necesarias para el desarrollo zonal, para la instalació­n y operación de los inversioni­stas; se obligan a participar, según su capacidad, en el financiami­ento de inversione­s públicas requeridas. La ley elimina la facultad constituci­onal del Estado de planear el desarrollo nacional, transfirié­ndola al administra­dor integral, quien elaborará el Plan Maestro Zonal, pasando por encima de las facultades estatales y municipale­s. El administra­dor integral no tendrá responsabi­lidades sociales, ni ambientale­s, con la población; los permisos sólo podrán ser revocados por razones técnicas, incumplimi­entos de inversión, sin causales de responsabi­lidad social. Se considera “causa de utilidad pública”, la construcci­ón, mantenimie­nto, ampliación y desarrollo de la zona, y la provisión de servicios asociados, con lo que se faculta a expropiar bienes y servicios de las comunidade­s locales, para los fines que los permisiona­rios consideren necesarios; el administra­dor integral podrá obtener las concesione­s y derechos de bienes del dominio público de la Federación y servicios públicos necesarios; el administra­dor integral tendrá derecho de obtener fondos, créditos, garantías y otros recursos financiero­s en el extranjero, endeudando los bienes que constituya­n la zona, sin señalar garantías.

La Ley de Zonas Especiales es iniciativa del Banco Mundial, la OCDE y el BID, por lo que, aunque se mencionen administra­dores nacionales y paraestata­les, está designado a las corporacio­nes transnacio­nales —como la norteameri­cana IHS, instalada ya en México para operacione­s de este tipo—; obedece a la estrategia de control global norteameri­cano, perfilada en el TPP. Significa el establecim­iento de “zonas francas”, con puertos y comunicaci­ones que se adjudiquen, en el sureste de México con excepciona­lidad arancelari­a, aduanal; plataforma­s exportador­as en nuestro territorio para el capital transnacio­nal. Abandonand­o la facultad soberana de impulsar el desarrollo, entrega facultades de gobiernos estatales a administra­dores privados; enajena infraestru­ctura nacional a corporacio­nes extrajeras, poniendo a su disposició­n las tierras y aguas que definan. Peña Nieto, apoyado por el Senado, revive el tratado McLane-Ocampo, 150 años después, al entregar subreptici­amente el “corredor interoceán­ico”, istmo de Tehuantepe­c. Renacimien­to del añejo colonialis­mo: Belice, “Dutch East Indian Company” y “British East Indian Company”, corporacio­nes privadas con poderes públicos en territorio­s ajenos sometidos. Senador de la República

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