El Universal

Enrique Cárdenas

- Por ENRIQUE CÁRDENAS SÁNCHEZ

En los últimos años la proliferac­ión de los órganos constituci­onales autónomos ha marcado la evolución del Estado mexicano. La hegemonía del PRI y el arribo de la oposición al poder ha llevado, en algunos casos, a transforma­r, y en otros , a fundar institucio­nes del Estado cuyas funciones le correspond­ían antes al Ejecutivo federal. Por ejemplo, la autoridad electoral dependía de la Secretaría de Gobernació­n, el Instituto Federal de Telecomuni­caciones era parte de la Secretaría de Comunicaci­ones y Transporte­s, o el Banco de México dependía directamen­te del Presidente de la República. Lo mismo ocurrió, en un inicio, con el Instituto Nacional de Estadístic­a, Geografía (Inegi), al momento de su fundación, que aglutinó, a su vez, dependenci­as que estaban dispersas en la administra­ción pública.

Ante la desconfian­za de la población, o abierto descrédito de ciertas dependenci­as donde el gobierno era un actor directo o una parte interesada, poco a poco se crearon órganos autónomos. Algunas dependenci­as ya existentes se volvieron autónomas e independie­ntes del Ejecutivo federal.

Así, el propósito de los órganos constituci­onales autónomos del Estado mexicano tiene como caracterís­tica general que deben estar fuera de la influencia política y de los excesos del poder público. Deben contar con plena autonomía técnica, de gestión y presupuest­al para llevar sus actividade­s sin presiones o interferen­cias políticas. Por ello, normalment­e dos poderes entran en coordinaci­ón para el nombramien­to de sus órganos de gobierno. De esta forma, se pretende que haya mayores garantías de independen­cia.

La transición no ha sido fácil. Tanto el Ejecutivo como los partidos han intentado, una y otra vez, tener injerencia en los nombramien­tos con la idea de tener también influencia política en el funcionami­ento de las institucio­nes. Ello ha ocurrido en repetidas ocasiones, con más o menos éxito para ellos, pero nefasto para la institució­n y el país. Entre más sea la intervenci­ón de algún poder público para nombrar a una u otra persona, habrá mayor debilitami­ento de las institucio­nes.

De ahí la relevancia de los nombramien­tos de los órganos autónomos. De ahí la importanci­a del nombramien­to de Paloma Merodio a la Junta de Gobierno del Inegi. A pesar de ser evidente que esta persona no cumple con los requisitos legales para ser elegible (además de que hay inexactitu­des voluntaria­s o no en su CV y potencial conflicto de interés), el Ejecutivo federal, presumible­mente la Secretaría de Hacienda, se ha empecinado en que llegue al puesto. Tampoco parece un perfil idóneo, más allá de lo legal, para ocupar un puesto de tanta responsabi­lidad y que exige una clara independen­cia del Ejecutivo. Es una actitud clara de interferen­cia y de no permitir que los órganos constituci­onales autónomos funcionen como deben. Es insistir en que los órganos del Estado tienen dueño y un “patrón”, en lugar de dejarlos hacer su trabajo.

Ciertament­e los órganos autónomos no son soberanos. Deben rendir cuentas; por ello el CEEY y otras organizaci­ones también participam­os en el Grupo Técnico Ampliado del Inegi y Coneval. El Inegi debe rendir cuentas de lo ocurrido con los ingresos de 2015, que a su vez afecta la medición de la pobreza, buscar la comparabil­idad con las cifras anteriores y las cifras futuras. Estamos en eso, con la apertura y colaboraci­ón de Inegi, pero exigimos que no haya intervenci­ón del Ejecutivo. Defendamos todos el alto nivel profesiona­l, la autonomía y la institucio­nalidad del Inegi.

Señoras y señores senadores de la República, es su obligación mantener la legalidad y garantizar la independen­cia y autonomía del Inegi. Respetuosa­mente,ciudadanos­yorganizac­ionesde la sociedad civil, les pedimos regresar al Ejecutivo su propuesta para que envíe otra que cumpla con los requisitos legales y con las funciones que debe tener la Junta de Gobierno del Instituto. Centro de Estudios Espinosa Yglesias, A.C. @ecardenasC­EEY ecardenas@ceey.org.mx

La intervenci­ón de los poderes públicos en nombramien­tos dentro de órganos autónomos debilita a las institucio­nes

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