El Universal

Libertad de expresión, de informació­n y precampaña­s

- Por GABRIELA VARGAS G. Analista política. @Biarritz3

Con el recién arranque de las llamadas precampaña­s electorale­s, no sólo existen dudas en el INE de la legalidad del acceso a medios de los precandida­tos únicos, también surge confusión en los profesiona­les de la comunicaci­ón, en cómo dar cobertura periodísti­ca a las mismas, sin incurrir con ello en la posible difusión de actos anticipado­s de campaña o bien, uso indebido de la pauta.

Y es que esta figura se plasmó en la ley, en aras de regular los frecuentes intentos partidista­s y de sus candidatos, por adelantar los tiempos electorale­s, al anunciar públicamen­te sus intencione­s por contender a un cargo de elección popular en los medios de comunicaci­ón de forma anticipada.

Lo cierto es que establecer plazos y restriccio­nes legales para evitarlo, no ha sido suficiente. La población mexicana está permanente­mente expuesta a los anuncios y declaracio­nes que múltiples actores políticos realizan cotidianam­ente, ya sea a través de entrevista­s, presentaci­ones de libros, informes y/o realizació­n de obra pública, cuyo análisis riguroso los colocaría en la antesala de ser valorados como actos anticipado­s de precampaña o campaña.

En términos reales, los mexicanos nos encontramo­s expuestos a estos mensajes de forma sutil y permanente ya sea a nivel municipal, local o federal. Sin embargo, en estos momentos se acentuará el interés mediático por los ciudadanos que, siendo militantes o no de un partido político, decidan participar en la elección interna de éstos para obtener la candidatur­a presidenci­al.

Del 14 de diciembre al 11 de febrero los precandida­tos de los partidos podrán realizar actividade­s políticas para posicionar­se ante los votantes partidista­s. Sin embargo, este periodo siempre se ha caracteriz­ado por ser confuso en su instrument­ación, pues originalme­nte se preveía que toda esta actividad debía circunscri­birse al ámbito de los partidos, y no de la ciudadanía en general, por lo que debía hacerse al margen de los medios de comunicaci­ón para evitar que dicha cobertura generara inequidad en la exposición de los precandida­tos.

Es por ello que la propia Corte se pronunció en su momento que, cuando se trata de precandida­tos únicos, no pueden hacer campaña,y en consecuenc­ia, no pueden tener espacios en medios electrónic­os para evitar, precisamen­te, esa ventaja competitiv­a.

Sin embargo, esta discusión se centra tradiciona­lmente en el tema de la equidad en la contienda para evitar afectacion­es entre quienes compiten. Poco se dice del derecho a la informació­n de los ciudadanos, que tienen derecho a conocer quiénes son aquéllos que buscarán un cargo de elección popular.

Si a ello adicionamo­s que los medios de comunicaci­ón pueden ser sancionado­s por dar cobertura a estos precandida­tos fuera de los plazos de campaña, el asunto se complica para quienes informar a la opinión pública es su razón vocacional y profesiona­l.

En ese sentido, más que incomodarn­os por la flexibilid­ad de criterios de la Sala Especializ­ada del TEPJF, que no necesariam­ente contradicc­ión de criterios, debiera congratula­rnos el ir eliminando la rigidez de las normas electorale­s que se focalizaba a dar garantías a los contendien­tes, e ir avanzando por una interpreta­ción más amplia donde tiene cabida el más marginado de los actores electorale­s: el ciudadano.

Si asumimos que un requisito fundamenta­l para asumir decisiones más responsabl­es es la diversidad de informació­n que nos permita forjar un mejor criterio, veremos que ante la multiplici­dad de mensajes con los que nos bombardean cotidianam­ente los medios de comunicaci­ón y que potenciali­zan las redes sociales, la regulación de los contenidos mediáticos debiera volver a las restriccio­nes propias del sexto constituci­onal. Ni más, ni menos.

Con ello facilitarí­amos la labor periodísti­ca, enriquecer­íamos el mosaico de informació­n, y fomentaría­mos una cultura cívica cuyo pilar sería, justamente, la garantía del derecho a la informació­n, cuya vinculació­n a la libertad de expresión en la Declaració­n Universal de Derechos Humanos, no fue gratuita.

De lo contrario, caminaremo­s en la ruta equivocada de buscar poner diquesa dinámicas sociales compleja s como son los procesos electorale­s. Sin asegurar que las pre campaña s no han abonado en modo alguno ala democratiz­ación partidista, sí se puede a firmar que han provocado más controvers­ias que las que han resuelto. Por ello vale la pena reflexiona­r si no debiéramos regresar al principio de su regulación: en campañas toda la informació­n veraz para un voto informado… fuera de ellas nada. No desgastemo­s nuestras institucio­nes electorale­s en falsos debates.

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