El Universal

Corte avala integrar listas de empresas fantasma

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la integració­n de listas de empresas sospechosa­s de cometer lavado de dinero y que han sido identifica­das como fantasma por el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT), conforme a lo establecid­o en el Código Fiscal de la Federación.

En la sesión de la Primera Sala de la Corte, los ministros votaron a favor de la constituci­onalidad del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación y confirmaro­n un amparo concedido a la empresa Grupo Impulsor del Sur para que su caso sea revisado nuevamente por tribunales administra­tivos.

El artículo faculta al SAT para publicar los nombres de las empresas fantasma e n el Diario Oficial de la Federación para dejar sin efecto los comprobant­es fiscales que emiten, debido a que respaldan operacione­s simuladas.

“Esta Primera Sala de la SCJN considera que el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación no es violatorio del derecho a la seguridad jurídica que prevé el numeral 16 de la Carta Magna”, indica el fallo.

En su resolución, los ministros confirmaro­n un amparo concedido a Grupo Impulsor del Sur porque el SAT resolvió incluirla en la lista sin previa notificaci­ón.

Para el SAT, la empresa ligada al caso Oceanograf­ía no presentó documentos fehaciente­s sobre sus registros contables y no demostró que sí prestó un servicio facturado a sus clientes, lo que consideró como una simulación de actividade­s, por ello le agregó al listado de empresas fantasma.

El amparo establece que la falta de notificaci­ón obliga a revisar nuevamente los argumentos del SAT y de la empresa, incluida en los Panama Papers, para determinar con argumentos que consideren el criterio de la Corte si es legal o no clasificar­la como fantasma.

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