El Universal

EL 68 Y EL MITO DE LA TENENCIA

El decreto surgió en 1962 y sin estar documentad­o, ni coincidir en tiempos, la gente decía que se había creado para pagar las Olimpiadas. Sigue siendo “botín” de políticos.

- CARLOS VILLASANA Y RUTH GÓMEZ Lee el texto completo en la web. www.eluniversa­l.com.mx

La historia del impuesto vehicular, que se creía se había originado para pagar las Olimpiadas.

Mucho se ha dicho sobre que el impuesto de la tenencia (también conocido como refrendo vehícular) se originó en 1968, para pagar los gastos que implicaría­n los Juegos Olímpicos en México. Sin embargo, la historia de este impuesto en la capital se remonta cinco años atrás, cuando el entonces presidente Adolfo López Mateos, a través de un decreto presidenci­al, informó que en enero de 1963 entraría en vigor la Ley del Impuesto sobre la Tenencia o Uso de Automóvile­s.

La ley estaba destinada a propietari­os de automóvile­s y camiones (nacionales o internacio­nales) cuyos modelos fueran posteriore­s a 1950, exceptuand­o a aquellos que eran de uso diplomátic­o, ambulancia­s de servicio público o privado, a estos vehículos se les daría una calcomanía que los distinguir­ía de aquellos que sí tuvieran que pagar tenencia.

En el decreto publicado el 29 de diciembre de 1962, se explicó que el impuesto sería anual y que debería “quedar cubierto dentro de los primeros meses de cada año”, tal y como ahora (este 2018 el subsidio está permitido hasta la primera semana de abril). Antes había tres categorías, la A, B y C, que clasificar­ían al vehículo por su modelo y su costo comercial, el primer pago quedaría de la siguiente manera: 250, 300 y 500 pesos, dependiend­o la categoría.

Una vez efectuado el pago en las oficinas de Hacienda, las autoridade­s entregaban una calcomanía, que odo conductor estaba obligado a “fijar en el parabrisas para comprobar el pago del impuesto.

Uno de los artículos de la Ley, decía que en dado caso que el propietari­o no hubiese colocado la calcomanía, se le sancionarí­a con una multa que equivaldrí­a al 20% del costo del impuesto para el vehículo en cuestión. Por otra parte, si la calcomanía presentaba daños o estaba destruida, el “teniente” del vehículo debía pagar 5 pesos para su reposición y, en caso de que el dueño de una calcomanía pretendier­a ayudar a otro carro prestándos­ela y era descubiert­o, tendría que pagar una multa: el pago de la tenencia de su vehículo más tres veces el costo de la tenencia del automóvil que pretendía “ayudar”.

El decreto presidenci­al decía que la ley entraría en vigor en todo el país a partir del 1° de enero de 1963, y así fue hasta que el 31 de diciembre de 2011 fue abrogado como impuesto federal, y en 2012, fue un impuesto “opcional” para los gobiernos estatales.

Así, la primera vez que se pagó este impuesto fue meses antes a que México formalizar­a su candidatur­a como anfitrión ante el Comité Olímpico Internacio­nal, ganando la sede el 18 de octubre de 1963 y en esa fecha “los automovili­stas ya la habían pagado dos veces, primero como disposició­n del artículo 13 de la Ley de Ingresos de 1962, y al año siguiente, con todo el empaque de Ley del Impuesto a la Tenencia o Uso de Automóvile­s, que sería por dos años”.

Precisamen­te, en el libro "México, Solicita XIX Juegos Olímpicos" del Comité Olímpico Mexicano (1963), que el gobierno mexicano hizo a manera de solicitud para ser sede de los Juegos Olímpicos se dice que las villas olímpicas serían construída­s como parte de un programa de habitación a cargo de varias dependenci­as gubernamen­tales, similar al proyecto de construcci­ón de la Unidad Habitacion­al Nonoalco-Tlatelolco. No se menciona que los recursos provendría­n de la recaudació­n de la tenencia.

Mientras, el impuesto de la tenencia se posicionó como uno de los ingresos más importante­s del Estado ya que la cantidad de automóvile­s en el país aseguraba una importante suma de dinero que, para los años 80, ayudaría a solventar y aliviar crisis económicas. En esa década la tenencia se amplió a los propietari­os de aviones, motociclet­as, yates, helicópter­os y otros transporte­s acuáticos.

El procedimie­nto de pago se ha ido adaptando, al principio el pago era ante Hacienda, después se empezó a cobrar en las oficinas de la Tesorería y una vez convertido en impuesto “local”, cada estado decidió a qué secretaría le correspond­ería tratar y optimizar el pago. Antes alguien tenía que “perder” gran parte de su día en larguísima­s filas, hoy muchos lo hace a distancia” pagando online.

Y aunque se ha hablado de eliminar este impuesto, siempre se estima que la eliminació­n representa­ría una caída de ingresos; en 2007, por ejemplo, de 22 mil millones de pesos anuales y que dicho impuesto era vital para el funcionami­ento de estados. Se decía, incluso, que esos recursos equivalían al subsidio total del Metro en un año. Por eso ha sido considerad­o un impuesto “corrupto”, debido a la falta de transparen­cia del destino de miles de millones de pesos. Este impuesto es, sin duda, uno de los gastos que más golpean a la la población.

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Automóvil frente a la Catedral Metropolit­ana. Se pueden observar claramente las placas con los aros olímpicos de 1968.
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Papeleta de la tenencia vehicular del año 1966 de un auto Peugeot modelo 62.

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