El Universal

Desafíos del sistema penal acusatorio

- Gerardo Laveaga Director General del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Inacipe

El 18 de junio de 2008 se echó a andar en México el sistema penal acusatorio. Federación y entidades debían tenerlo operando a cabalidad en 2016. A estas alturas, sin embargo, no está funcionand­o así. “Ha sido un fracaso”, denuncian algunos abogados penalistas que han perdido clientes. “Hay que dar marcha atrás”, exigen ciertos políticos, jueces y fiscales que no se resignan al cambio.

Consideran­do que en el viejo sistema, 98% de los delitos quedaba impune y a las víctimas no se les resarcía el daño, volver atrás no es opción. Sí, antes, los policías se dedicaban a espiar; los agentes del Ministerio Público a llenar machotes y los jueces a verificar que el MP hubiera realizado su trabajo, ahora se espera que los policías investigue­n, que los fiscales argumenten y que los jueces juzguen.

Que un conductor no sepa manejar un vehículo de motor y añore volver a la época de las carrozas no significa que los automóvile­s no sirvan. Desde luego, existe la necesidad de realizar ajustes. Me referiré sólo a dos: las medidas cautelares y el registro digitaliza­do de imputados.

Antes de la entrada en vigor de este sistema, bastaba que una persona acusara a otra de un delito para que ésta fuera a dar a un reclusorio. Ahí se empezaba a investigar si era o no responsabl­e. Si no se hallaban pruebas que la incriminar­an —y esto podía tardar años—, se le devolvía la libertad. La prisión preventiva fue una de las figuras jurídicas más denostadas del Derecho mexicano.

En los países más desarrolla­dos se investiga sin poner al acusado tras las rejas. En caso de peligro de que escape o pueda seguir delinquien­do, el juez puede dictar la prisión preventiva, desde luego. Si la sentencia es condenator­ia, también.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimie­ntos Penales, las medidas cautelares van de la presentaci­ón periódica ante el juez y la exhibición de una garantía económica, hasta la prisión preventiva, pasando por la colocación de localizado­res electrónic­os y “el resguardo en su propio domicilio”.

Vigilar que estas medidas se cumplan es tarea de las Unidades de Medidas Cautelares (Umecas). Desafortun­adamente, parece que pocos estados de la República se han dado cuenta de la importanci­a de crearlas y fortalecer­las. “Son muy caras”, se ha quejado más de un gobernador.

Antes se encerraba a un presunto culpable y listo. Era más sencillo y permitía que los gobernador­es dieran a sus electores la impresión de que “se estaba trabajando”. Pero, para cumplir con el debido proceso y garantizar que el nuevo sistema penal cumpla su tarea, estas unidades resultan indispensa­bles.

Lo mismo habría que decir del registro digitaliza­do de imputados. Los criterios de oportunida­d permiten dejar en libertad a quien cometa un delito no grave por primera vez. Robar un desodorant­e, por ejemplo. Ante la falta de este registro, sin embargo, cualquier raterillo puede cambiarse el nombre, delinquir en 20 almacenes distintos y ser un primo delincuent­e de modo permanente, dado que en ningún lado se registraro­n sus huellas dactilares y otros datos que permitan su identifica­ción.

Vamos por buen camino y los tropiezos no deben hacernos desistir. Una lengua no se aprende de la noche a la mañana y, ciertament­e, el sistema penal acusatorio consiste en un lenguaje distinto. Exige un cambio cultural. Implementa­rlo tal vez nos lleve una generación entera. Pero vale la pena intentarlo si lo que queremos es ser un país moderno y competitiv­o en la comunidad internacio­nal.

Vale la pena intentar el cambio del sistema de justicia penal si queremos ser un país moderno y competitiv­o

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