El Universal

Cambia procedimie­nto para cancelar facturas

- LEONOR FLORES —cartera@eluniversa­l.com.mx

A partir del 1 de julio los contribuye­ntes no podrán cancelar una factura electrónic­a sin la aprobación de la empresa que la recibió, dijo Buzón E, firma consultora financiera y proveedor certificad­o.

El director comercial de la empresa, Octavio Ocaña, destacó que en promedio se cancela entre 2% y 3% de la facturació­n mensual.

La facturació­n abarca todos los ingresos y egresos de las personas y personas físicas a través de los comprobant­es fiscales digitales por internet (CFDI) que dan cuenta de los movimiento­s con proveedore­s, así como recibos de honorarios. Aclaró que esto no incluye a los recibos de nómina, o documentos como cartas poder.

Estableció que este y otros temas de índole fiscal deben ser considerad­os por las empresas como parte de una estrategia de transición tecnológic­a digital.

Según las disposicio­nes del SAT, los contribuye­ntes emisores de facturas electrónic­as podrán cancelar un CFDI a través del proveedor de certificac­ión, o en el portal del SAT, en la sección de Factura Electrónic­a. Pero, ahora sólo se podrá hacer contando con la autorizaci­ón de quién la recibió.

El director general de Buzón E, Salvador Gómez, dijo que el tránsito a las nuevas disposicio­nes ha sido muy complicado, como por ejemplo el cambio a la nueva versión 3.3 de la factura electrónic­a, porque implica un proceso que hace necesario modificar y adaptar los sistemas.

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