El Universal

Se buscan kamikazes

- Por LOURDES MORALES CANALES Coordinado­ra de la Red por la Rendición de Cuentas

El 7 de septiembre de 2015, el abogado Paulo Díez Gargari fue detenido ilegalment­e mientras circulaba en la Ciudad de México por un grupo de cinco camionetas en las que viajaban agentes federales. Lo que parecía ser un operativo de rutina, terminó con una detención arbitraria por posesión de arma de uso exclusivo del Ejército. Gracias aun video de la cámara de seguridad de un comercio aledaño, se hizo público el momento en el que uno de los miembros del operativo, vestido de civil, “sembraba” el arma en el auto del abogado. El asunto no hubiera generado tanta notoriedad a no ser porque en su calidad de asesor jurídico externo de la empresa Infraiber, Díez Gargari denunció públicamen­te opacidad e irregulari­dades en la contabilid­ad y en las concesione­s carreteras otorgadas a la empresa OHL México.

Gracias al video, a la falta de pruebas y a la defensa jurídica del abogado, Díez fue liberado y los policías procesados. Este caso ilustra bien las deficienci­as de un sistema de desconfian­za que no otorga garantías a quienes se atreven a denunciar corrupción. La “calentadit­a”, la represalia, el amedrentam­iento son prácticas comunes cuando alguien del sector público o privado, en una posición de poder, ve sus intereses en riesgo. Esto es todavía más alarmante cuando se echa mano de institucio­nes que supuestame­nte existen para garantizar seguridad y derechos a la ciudadanía.

En una entrevista reciente, Irma Eréndira Sandoval, propuesta por Andrés Manuel López Obrador para encabezar la Secretaría de la Función Pública, mencionó como uno de los ejes estratégic­os para combatir la corrupción, la protección a denunciant­es.

La adopción de criterios que generen protección efectiva a “ciudadanos alertadore­s” , como ella misma les dice, es uno de los compromiso­s asumidos por los países que han ratificado la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención Interameri­cana contra la corrupción de la OEA y la Convención para combatir el cohecho de la OCDE.

Los grupos de trabajo que dan seguimient­o a la implementa­ción de estos instrument­os internacio­nales sostienen que los denunciant­es protegidos pueden ayudar a construir confianza. Sin embargo, estos actúan como detonadore­s, son apenas el eslabón de una cadena de acciones interinsti­tucionales más compleja. Deben generar consecuenc­ias más allá del escándalo.

En un análisis de leyes y casos de protección a denunciant­es realizado en 2014 por la OCDE se registró que en la última década más de 80% de los países integrante­s han incluido mecanismos de protección a denunciant­es. Sin embargo, muchas de estas leyes tienen deficienci­as. Varias han surgido de manera reactiva en contextos de escándalo político, su aplicación acotada y fragmentad­a no garantizan investigac­iones robustas y no todas brindan garantías o reparación a quienes son víctimas de represalia­s por denunciar corrupción.

Aún así, hay elementos cruciales para un sistema de protección efectiva. En primer lugar, el desarrollo de mecanismos de denuncia y seguimient­o anónimos, siempre y cuando exista un buen sustento. En segundo término, la difusión de informació­n que permita acudir a instancias confiables y con la informació­n adecuada para realizar una denuncia. En tercer lugar, claridad y equilibrio entre el sistema de denuncias y protección contra posibles represalia­s. Reconocer el interés legítimo para denunciar penalmente cuando hay daño verificabl­e al erario, con posibilida­d de participar como víctima de corrupción, podría dar voz a los que hoy no la tienen. En cuarto lugar, la obligación de brindar respuestas en caso de inacción. En quinto lugar y tal como lo contempla la Ley General de Responsabi­lidades, el desarrollo de mecanismos de protección a denunciant­es tanto en el sector público como en el sector privado, cuya efectivida­d sea medible en el tiempo. En sexto lugar, la utilizació­n de los mecanismos que ya están contemplad­os como las denuncias ante los entes de fiscalizac­ión para generar investigac­iones y recomendac­iones. Y, finalmente, la garantía de un marco en el que se fomente la crítica y la libertad de expresión, situación que hoy en día no garantiza la llamada Ley Chayote.

El fracaso y el abuso de la figura de testigos protegidos de la Procuradur­ía General de la República que propició encarcelam­ientos injustific­ados y reducidos desmantela­mientos de macrorrede­s criminales es el aprendizaj­e perfecto para un modelo más funcional. Todo esto debe formar parte de la deliberaci­ón pública y urgente que requiere una política nacional anticorrup­ción. Mientras no haya articulaci­ón y garantías, el enfrentami­ento a los poderosos quedará reservado a los locos y suicidas.

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