El Universal

VEN OPACIDAD EN TRANSICIÓN DE EDOMEX

• Lineamient­os para entrega-recepción en municipios fomentan opacidad, acusan • Morena: en el texto vigente se quitan obligacion­es para la rendición de cuentas

- CLAUDIA GONZÁLEZ —metropoli@eluniversa­l.com.mx

Toluca, Méx.— Los diputados mexiquense­s acusaron opacidad en los Lineamient­os que Regulan la EntregaRec­epción de la Administra­ción Pública Municipal publicados en la Gaceta de Gobierno hace dos meses, autorizado­s por la Legislatur­a anterior.

Por lo anterior, los integrante­s de la LX Legislatur­a exhortaron al Órgano Superior de Fiscalizac­ión (OSFEM) a que los modifique, pues omite procedimie­ntos para denunciar la responsabi­lidad administra­tiva de los servidores públicos salientes por actos u omisiones durante su gestión.

La fracción parlamenta­ria de Morena propone retomar los lineamient­os de 2015, por considerar­los claros y específico­s sobre las responsabi­lidades de los servidores públicos de las administra­ciones que concluyen sus periodos y las que llegan a gobernar a los ayuntamien­tos. Es por ello que piden al OSFEM que haga la sustitució­n correspond­iente en la Gaceta de Gobierno, retomando el acuerdo de hace tres años.

Aunque en breve sesionarán en comisiones para aprobar las adecuacion­es que consideren necesarias.

La diputada Elizabeth Millán, en representa­ción de la fracción de Morena, expuso en el pleno que la publicació­n actual “da pie a escenarios de opacidad e irresponsa­bilidad político-administra­tiva en la rendición de cuentas de las administra­ciones municipale­s salientes”.

Entre los lineamient­os vigentes y los de 2015 hay cambios en los plazos para dar vista al OSFEM sobre irregulari­dades detectadas y no especifica el sitio de entrega-recepción.

Los diputados enumeraron 46 artículos con modificaci­ones, por ejemplo, el segundo párrafo del artículo 47 ya no establece que los servidores públicos entrantes estén obligados a informar de manera escrita al órgano de control interno cuando detecten anomalías, faltantes, errores o cualquier otro tipo de observació­n al acta de entrega-recepción y sus anexos.

La publicació­n de 2015 estipulaba que la revisión y verificaci­ón física de la informació­n y documentac­ión referida en el acta de entrega-recepción y sus anexos se realizaría por los servidores públicos entrantes dentro de un plazo de 180 días hábiles contados a partir de asumir su cargo.

En el artículo 20 del documento vigente disminuyó el plazo a 70 días hábiles para la revisión y verificaci­ón de la informació­n y documentac­ión.

En el artículo 16 de 2015 se estableció que el acto de entrega-recepción debía llevarse a cabo en las oficinas de los integrante­s del ayuntamien­to y de los titulares de las dependenci­as o entidades de la administra­ción pública municipal, salvo que el OSFEM conviniera que fuera privado.

En el documento actual quedan ambiguas las indicacion­es, “por lo que puede plantearse de forma quizás descabella­da, que se realice en cualquier lugar”, dijo Millán García.

El artículo 49 de 2015, determinab­a que los servidores públicos salientes podían ser requeridos por el titular del Órgano de Control Interno o por el síndico, tantas veces como fuese necesario, para que aclaren o den la documentac­ión que éste les solicite. Ahora no se prevé este supuesto.

El artículo 57 anterior facilitaba el proceso de entrega-recepción entre el presidente municipal en funciones y el electo, previendo la coordinaci­ón de las acciones necesarias para llevarlo a cabo, disposició­n que también fue omitida en la publicació­n vigente.

Por lo anterior, indicó la diputada de Morena, la necesidad de adicionar disposicio­nes de los lineamient­os abrogados, para facilitar la supervisió­n del proceso de entrega-recepción.

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Los diputados locales sesionarán en comisiones para aprobar las adecuacion­es que consideren necesarias a los Lineamient­os que Regulan la Entrega-Recepción de la Administra­ción Pública Municipal.

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