El Universal

PAOT dice que logró suspender torres en CU

• La empresa Be Grand Copilco, que construye el proyecto, aclara que la obra está detenida desde febrero

- GERARDO SUÁREZ —metropoli@eluniversa­l.com.mx

La Procuradur­ía Ambiental y del Ordenamien­to Territoria­l de la Ciudad de México (PAOT) informó que consiguió una suspensión más de obra del proyecto Be Grand Copilco, así como la custodia de folios reales del inmueble para impedir la compra-venta de las viviendas de este proyecto.

La empresa reiteró que la obra cuenta con todos los permisos y en todo caso, la resolución estará a cargo de los tribunales federales que analizan el amparo interpuest­o en febrero que mantiene suspendida la construcci­ón.

El desarrollo inmobiliar­io ubicado en avenida Copilco 75, colinda con el campus central de Ciudad Universita­ria de la UNAM, el cual tiene la declarator­ia de Patrimonio Mundial de la Humanidad de la UNESCO y quedó envuelto en la polémica ante el riesgo de que se pierda ese nombramien­to con la construcci­ón tan cercana de dos torres de 23 y 27 niveles.

Ante ello, la PAOT promovió el 4 de junio pasado un juicio de acción pública ante el Tribunal de Justicia Administra­tiva local en contra de las autorizaci­ones y documentos emitidos por dependenci­as del Gobierno capitalino y la delegación Coyoacán para la ejecución del proyecto.

“Con dicha acción pública se concedió la suspensión solicitada por esta procuradur­ía para el efecto de que no se siga construyen­do el proyecto arquitectó­nico denominado Be Grand Copilco, hasta en tanto se resuelva el mismo; además, se ordenó al Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México la custodia de folios reales del inmueble”, dio a conocer la PAOT en un comunicado.

En dicha demanda, el órgano autónomo argumentó que hay irregulari­dades en la emisión de los permisos para la obra, debido a que se omitió la normativid­ad en materia de zonas de monumentos y Patrimonio Mundial de UNESCO.

Por su ubicación, el predio también se ubica en el perímetro de la zona de amortiguam­iento Buffer Level 2, que de acuerdo con la declarator­ia, obliga a que cualquier intervenci­ón en el sitio debe contar con la autorizaci­ón del Instituto Nacional de Bellas Artes y de la Organizaci­ón de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), institucio­nes que no han dado su visto bueno.

Con estos argumentos, la PAOT promovió la acción pública en contra de diversos documentos: el dictamen de Aplicación de la Norma de Ordenación Particular para Proyectos Urbanos Estratégic­os, el Certificad­o Único de Zonificaci­ón de Uso del Suelo y el Dictamen de Estudio de Impacto Urbano, todos emitidos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), además contra el Registro de Manifestac­ión de Construcci­ón que otorgó la entonces delegación Coyoacán.

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