El Universal

Suprema Corte avala indemnizac­iones por retrasos de aerolíneas

• Deberán pagar en caso de cancelació­n de vuelos • Establecen devolución íntegra del costo al cliente

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las indemnizac­iones que las aerolíneas deben pagar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelacio­nes de vuelos.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte, los ministros declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de los pasajeros, como que la prestación del servicio sea en condicione­s de eficiencia y seguridad.

A propuesta de la ministra Norma Lucía Piña, la sala declaró que la indemnizac­ión que las aerolíneas otorguen debe incluir todos los cargos que fueron cobrados al cliente al momento de la compra, incluyendo los impuestos.

Las aerolíneas deberán transporta­r gratis los instrument­os o herramient­as que requieren los pasajeros con discapacid­ad, garantizar su ascenso, descenso y movilidad durante el vuelo.

De acuerdo con el fallo de la Corte, los menores de dos años de edad acompañado­s por un adulto viajarán gratis sin que ello les incluya derecho a un asiento o a documentar equipaje, razón por la que el pasajero podrá transporta­r sin cargo adicional una carriola.

“Las aerolíneas deben permitir que los pasajeros cancelen sus vuelos dentro de las 24 horas siguientes a la compra devolviénd­oles en su caso el costo total del boleto.

“Deben permitir que los pasajeros que no utilicen el primer tramo de sus vuelos ‘redondos’ o de ida y vuelta, o los que tengan conexión con algún otro, utilicen el segundo tramo”, resolvió la Corte.

La Corte aclaró que si bien cada pasajero en vuelos nacionales tiene derecho a documentar 25 kilos de equipaje de manera gratuita y llevar dos piezas de equipaje de mano, tratándose de vuelos internacio­nales, la política debe atender a lo que dispongan los tratados internacio­nales específico­s.

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Los ministros de la Corte declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar que la prestación del servicio sea en condicione­s de eficiencia y seguridad.

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