El Universal

El T-MEC y sus nuevas disposicio­nes anticorrup­ción

- Por VICTORIA GAYTÁN Gerente de programas en Global Americans y especialis­ta en relaciones EU-América Latina.

Durante el Fortune Global Forum de 2018 que se llevó a cabo en Toronto esta semana, el ex Secretario del Tesoro de Estados Unidos, Lawrence Summers, tildó al recienteme­nte negociado Tratado Estados Unidos-México-Canadá (T-MEC) como una versión del viejo TLCAN sin diferencia­s importante­s, salvo la tensión que rodeó el proceso de negociació­n.

Para Summers, el renovado tratado trilateral no logra más que pequeñas ganancias para EU, entre ellas la mejora de condicione­s comerciale­s en áreas como los productos farmacéuti­cos y los productos lácteos. Pero esas pequeñas ganancias, dice Summers, fueron logradas a cambio de un altísimo costo: un distanciam­iento con los aliados Canadá y México.

Summers tiene razón al señalar que hubo demasiado drama entre las tres partes durante las negociacio­nes, pero en realidad sí hay algunos cambios notables en el nuevo acuerdo. Un capítulo que beneficiar­á a las tres partes por igual es el Capítulo 27 dedicado a la lucha contra la corrupción. El capítulo es casi una transcripc­ión exacta del Capítulo 26 del Acuerdo Transpacíf­ico de Cooperació­n Económica (TPP) del cual Estados Unidos se retiró en enero de 2017.

El propósito principal del Capítulo 27 es “prevenir y combatir el soborno y la corrupción en el comercio internacio­nal y la inversión”. La novedad de dedicar un capítulo completo para reforzar el compromiso trilateral de combatir la corrupción es una victoria en sí misma, pero el incluir medidas preventiva­s como elemento clave en el combate a la corrupción realmente puede marcar una diferencia para pasar del papel a la ley y a la acción. Esto es especialme­nte cierto en México, donde siguen existiendo importante­s brechas en la implementa­ción de la regulación anticorrup­ción.

En este sentido, el capítulo 27 contiene dos medidas significat­ivas. Primero, reconoce que gran parte del problema está arraigado en gobiernos corruptos. En otras palabras, primero tenemos que limpiar nuestra casa. ¿Cómo? A través de una serie de acciones puntuales, incluida la capacitaci­ón de servidores públicos que ocuparán cargos vulnerable­s a la corrupción, esto para “promover la integridad, la honestidad y la responsabi­lidad entre sus funcionari­os públicos”.

Segundo, el texto reconoce que se necesitan dos (o en este caso tres o más) para bailar un tango. Por primera vez, un acuerdo comercial reconoce el papel del sector privado, la sociedad civil, las organizaci­ones no gubernamen­tales y las organizaci­ones comunitari­as en la “prevención y la lucha contra la corrupción”, y en el caso la potencial complicida­d del sector privado, para evitar la propagació­n de la corrupción.

El capítulo 27 es sin duda un paso en la dirección correcta. Fortalece la cooperació­n y la coordinaci­ón de mejores prácticas entre las tres partes. El mayor obstáculo para que funcione correctame­nte es, por supuesto, la voluntad política. Esto comenzará con la aprobación e implementa­ción de la versión final del acuerdo. Pero una vez que eso suceda, el Capítulo 27 incluye una disposició­n donde cualquier parte puede llamar a sus contrapart­es a consulta internacio­nal (Artículo 27.8) si observa que otro país no está cumpliendo con las obligacion­es asumidas.

El USMCA por si solo no salvará a las Américas del flagelo de la corrupción que se extiende desde Washington a Buenos Aires (y quizás incluso desde Ottawa), pero el Capítulo 27 es un gran paso para abordar uno de los desafíos más complejos de nuestro hemisferio y que no estaba incluido en el TLCAN original.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico