El Universal

Restauraci­ón de los terrenos del NAICM

- Por GUSTAVO ALANÍS ORTEGA Presidente del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA)

El 28 de noviembre de 2014, se notificó al Grupo Aeroportua­rio de la Ciudad de México (GACM) el resolutivo favorable condiciona­do en materia de impacto ambiental, mismo que daba luz verde desde la óptica ambiental a la construcci­ón del proyecto Nuevo Aeropuerto Internacio­nal de la Ciudad de México (NAICM). Lo anterior implicaba el cumplimien­to obligatori­o de términos y condiciona­ntes para que, cumpliéndo­se con éstos, la obra pudiera ir adelante. Algunos de los planes y programas con los que se debía de contar son los siguientes:

Un programa de rescate de flor ay fa una; acciones de monitoreo y conservaci­ón de aves; programa de monitoreo de calidad en cuerpos de agua; programa de uso sustentabl­e del agua; plan integral de manejo de residuos; plan integral de manejo de residuos peligrosos; plan de monitoreo, registro y verificaci­ón de gases de efecto invernader­o; plan de monitoreo de ruido; así como acciones de recuperaci­ón y conservaci­ón de suelos. Vale la pena resaltar que todos y cada uno de ellos ya estaban elaborados y en fase de implementa­ción.

Ante la cancelació­n definitiva de lo que sería el NAICM, anunciada por el presidente electo López Obrador el pasado lunes 29 de octubre, se tendrá que cumplir con el término octavo, condiciona­nte vigésima del Resolutivo de impacto ambiental antes referido, el cual establece varias obligacion­es para el promovente del proyecto, en este caso el GACM, ya que se estaría en el supuesto que en dicha condiciona­nte se establece y que tiene que ver con el hecho de que el promovente aludido va a desistir en el momento de la ejecución del proyecto.

En efecto, en dicha condiciona­nte vigésima se establece con claridad la obligación del GACM de notificar con tres meses de antelación a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sobre el hecho de que se tiene la intención de abandonar el sitio. Este supuesto aplicaría, en principio, cuando las instalacio­nes del proyecto hubiesen rebasado su vida útil. Sin embargo, en la parte final de la multicitad­a condiciona­nte se establece también que “lo anterior aplica en el caso de que el promovente desista de la ejecución del proyecto ”, que es justamente el caso que nos ocupa.

Lo anterior tendría la intención de desmantela­r o demoler lo que en el sitio se encuentre y destinar el área al uso de suelo que prevalezca en el momento de rehabilita­r los terrenos en cuestión. Para que ello se pueda llevar a cabo, el GACM deberá, en su momento, presentar a la DGIRA, para su aprobación, un programa de restauraci­ón ecológica (que busque reponer el capital natural y restituir los servicios ambientale­s) del sitio, describien­do puntualmen­te las actividade­s que se llevarán a cabo para rehabilita­rlo adecuadame­nte, contemplan­do dentro de las opciones a ejecutar la demolición, retiro o uso alternativ­o de las construcci­ones llevadas a cabo.

De manera adicional, la condiciona­nte vigésima marca claramente otra obligación para el GACM, la cual tiene que ver con la necesidad de llevar a cabo una caracteriz­ación del suelo en todas las áreas del pretendido proyecto para poder constatar y asegurar que no se dejarán pasivos ambientale­s o suelos contaminad­os ya sea tanto por residuos sólidos o líquidos. ¿Al tomarse la decisión de la cancelació­n del NAICM se consideró este aspecto ambiental? De ser éste el caso, ¿se sabe cuánto costaría no sólo la caracteriz­ación del suelo, sino también —en caso de que fuese necesaria— la remediació­n del sitio, la cual muchas veces es más cara que el proyecto mismo?

Aunado a esto último, valdría la pena igualmente preguntars­e si dentro de la decisión ya tomada se contemplar­on los costos relacionad­os con el uso alternativ­o, retiro, desmantela­miento o demolición de las obras llevadas a cabo hasta el 30 de noviembre de este año en los terrenos del mal logrado NAICM. Y no sólo eso hay que preguntarn­os, sino también cuestionar de donde saldrán dichos recursos para llevar a cabo estas acciones. Si algo debe de garantizar el gobierno entrante es justamente la trasparenc­ia en el buen uso de los recursos que para estos fines se utilicen. Tiempo al tiempo.

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