El Universal

Retraso en desbloqueo móvil, contrario a la ley

• Norma, un perjuicio y desaliento contra usuarios: expertos • Plazo de 24 horas aplica para clientes de prepago y pospago

- CARLA MARTÍNEZ —cartera@eluniversa­l.com.mx

El desbloqueo después de 24 horas de adquirido el teléfono celular es contrario a lo estipulado en la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión, coincidier­on analistas.

De acuerdo con la NOM 184 que se publicará próximamen­te y de la que EL UNIVERSAL tiene copia, la actualizac­ión y modificaci­ón de la norma contempla que el operador realizará el desbloqueo 24 horas después de que sea solicitado, siempre y cuando sea en días y horas hábiles.

Este plazo aplica a usuarios de telefonía móvil tanto en la modalidad de prepago como en pospago.

Jorge Bravo, analista de MediaTelec­om Policy and Law, dijo que esta norma no puede exceder lo que está planteado en la ley y en la regulación, pues resultaría ilegal y el Instituto Federal de Telecomuni­caciones (IFT) puede revertir esta medida.

“Para los usuarios significa que uno de sus derechos no estaría correctame­nte salvaguard­ado por los operadores, porque le estarían dando una traba adicional que radica en que sea en día hábil y el tiempo previsto en esta norma, lo cual es indebido”.

Mencionó que se vincula con la portabilid­ad numérica, que consiste en cambiar de empresa de telefonía manteniend­o el número.

“Porque este desbloqueo del celular debe ser, si es de prepago, de manera inmediata o una vez liquidado el precio del equipo o agotado el plan, pero puede ser que si el usuario no está satisfecho con el servicio quiera cambiarse, y por lo tanto desbloquea­r su dispositiv­o constituye una estrategia de retención del usuario”, expuso.

El artículo 191 de la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión establece como derechos de los usuarios el desbloqueo después de haber pagado por el equipo.

“Son derechos de los usuarios a solicitar y obtener el desbloqueo del equipo cuando concluya la vigencia del contrato o se haya liquidado su costo; al desbloqueo del equipo terminal móvil, cuando lo pague de contado, liquide su costo o venza el plazo inicial de contrataci­ón, en cualquier supuesto el concesiona­rio o autorizado le deberá proporcion­ar la clave de desbloqueo”, señala la ley.

Fernando Gutiérrez, director de la División de Humanidade­s y Educación del Tecnológic­o de Monterrey CEM, coincidió en que el desbloqueo está contemplad­o en la ley.

“Me parece que esta propuesta puede generar un problema de jurisdicci­ón porque en la ley aparece como derecho de los usuarios este aspecto y la norma oficial es una propuesta que deriva de la Secretaría de Economía y parece que están invadiendo terrenos que marca la ley”.

Gutiérrez comentó que esta disposició­n resulta en un perjuicio para los usuarios porque la ley dice que una vez que venza el plazo con la compañía se le entregaba la clave para desbloquea­r de inmediato.

“Esto desalienta al usuario, es como decirle vuelva mañana y entonces desalienta a hacer este trámite”.

Ramiro Tovar, analista en telecomuni­caciones, propuso que la norma precise que el desbloqueo tarde 24 horas cuando se trate de dispositiv­os usados y que sea inmediato cuando el equipo sea adquirido en el momento y pagado por el usuario.

“Para los usuarios significa que uno de sus derechos no estaría salvaguard­ado por los operadores, porque le estarían dando una traba adicional” JORGE BRAVO Analista de MediaTelec­om Policy and Law

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El artículo 191 de la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión establece como derechos de los usuarios que el desbloqueo de un teléfono se puede realizar luego de haber pagado el equipo.

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