El Universal

Recibe Corte dos amparos por ley de remuneraci­ones

• Los recursos son tramitados por integrante­s del Poder Judicial en Jalisco y Sinaloa • Secretario de tribunal no logra frenar reducción salarial; magistrada lo consigue

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió los primeros amparos tramitados por integrante­s del Poder Judicial de la Federación contra la aplicación de la Ley Federal de Remuneraci­ones.

El máximo tribunal únicamente tuvo por recibidas las solicitude­s para que ejerza su facultad de atracción presentada­s por dos tribunales colegiados en Jalisco y Sinaloa, pero los ministros aún no deciden si van a atraer los asuntos.

En el caso del amparo tramitado en Jalisco por el secretario del tribunal Colegiado, José de Jesús Flores, el juez de amparo no ordenó frenar provisiona­lmente la aplicación de la ley pues aún no ha sido materializ­ada ninguna afectación a sus remuneraci­ones.

“Todavía no se emiten los tabuladore­s, conforme a los límites mínimos y máximos, y sin que se conozca con precisión, como se dijo, si al peticionar­io de amparo se le realizará alguna rebaja a su salario por tener una percepción superior a la del Presidente de la República, no es un acto cierto e inminente, sobre el cual sí sería procedente conceder la medida cautelar que solicita, sino por el contrario, se trata de un acto futuro e incierto”, consideró el juez Quinto de Distrito en materias Administra­tiva, Civil y del Trabajo del estado de Jalisco en el expediente 3262/2018.

El amparo remitido a la Corte por el tribunal de Sinaloa fue tramitado por la magistrada federal, Sonia Rojas Castro, quien a diferencia del secretario sí logró que el juez le concediera la suspensión provisiona­l a la aplicación de la ley.

“La posición de la quejosa no se limita a su proyecto de vida y conservaci­ón del status quo, sino de protección inmediata de sus funciones jurisdicci­onales potencialm­ente menoscabad­as con motivo de la sola vigencia de las normas reclamadas”, precisó el juez Décimo de Distrito en el estado de Sinaloa.

“De negarse la suspensión, previsible­mente se atentaría contra el principio de independen­cia del Poder Judicial considerad­o como una garantía de verdad, libertad, respeto de los derechos humanos y justicia imparcial”.

En el expediente, el juzgador se declaró impedido para resolver, debido a que se reconoció a sí mismo como un futuro quejoso, debido a que no ha fenecido el término para tramitar impugnarla.

Hasta ahora, la Corte únicamente ha admitido a trámite la acción de inconstitu­cionalidad tramitada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra la ley y dos recursos de consulta a trámite presentado­s por jueces y magistrado­s federales con los que afirmaron que la legislació­n es violatoria de la independen­cia judicial y el principio de división de poderes.

Estos dos recursos fueron turnados al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para que elabore los proyectos de resolución.

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Los recursos de amparo fueron turnados al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para que elabore los proyectos de resolución.

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