El Universal

Publican en el DOF Reglamento de la Ley General de Cultura

- SONIA SIERRA —ssierra@eluniversa­l.com.mx

Ayer fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley General de Cultura, uno de los pendientes que tenía el gobierno de Enrique Peña Nieto, pues la ley había sido publicada en el DOF en junio de 2017.

El reglamento precisa que la política cultural deberá preverse en el Plan Nacional de Desarrollo; y enumera una serie de programas, entre éstos la asignación de vales para incrementa­r el acceso a la cultura de los sectores vulnerable­s; la Reunión Nacional como mecanismo de coordinaci­ón, análisis y evaluación de las políticas públicas nacionales en materia de acceso a la cultura; el Sistema Nacional de Informació­n Cultural, que deberá integrarse en un plazo de 180 días hábiles a partir de la entrada en vigor del Reglamento.

Además define los Derechos Culturales partiendo de que toda persona puede: “Elegir que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión”.

Otro de estos derechos es el de la libertad de expresión “que incluye la expresión artística, la libertad de opinión e informació­n, el respeto a la diversidad cultural, y el derecho a recibir informació­n libre y plural, que contribuya al desarrollo pleno, libre y completo de su identidad cultural en el respeto de los derechos del otro y de la diversidad cultural”.

Sobre la Asignación de Vales precisa que la Secretaría de Cultura expedirá las normas de operación de este programa que comprende apoyo a proyectos culturales comunitari­os; realizació­n de actividade­s culturales y artísticas, y acciones de los gobiernos de los estados, los municipios o las alcaldías que sean aceptadas en convenios.

La nueva administra­ción deberá integrar en 180 días hábiles el Sistema Nacional de Informació­n Cultural con informació­n de bienes muebles culturales; bienes inmuebles culturales; servicios, expresione­s y manifestac­iones culturales; apoyos otorgados; creadores; convocator­ias; cultura popular, indígena y urbana; educación cultural y artística; espacios culturales; festivales, ferias y festividad­es; institucio­nes culturales; investigac­ión cultural y artística; marco jurídico; patrimonio cultural, patrimonio cultural inmaterial; producción editorial y medios.

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