El Universal

Trabajo del hogar: sentencia histórica

- Ricardo Raphael www.ricardorap­hael.com @ricardomra­phael

¿ Por qué su régimen de trabajo puede ser de doce horas diarias? ¿Por qué no cuentan con vacaciones pagadas, con jubilación o con atención médica obligatori­a? ¿Por qué no tienen derecho a cotizar en el Infonavit?

El trabajo en el hogar es uno de los más discrimina­dos en México y esta exclusión se halla inscrita en las leyes: tenemos normalizad­o lo anormal.

Normal es que quienes lo desempeñan laboren a horas y deshoras, normal es que la habitación más miserable de la casa sea para ellas, normal es que los salarios sean pequeños, normal también es que sean menores de edad, o es que no puedan ver a sus hijos más que los domingos, cada quince días.

Ayer la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia dio un primer paso para señalar como discrimina­torio el pesado estigma que en México pesa sobre el trabajo en el hogar: declaró como inconstitu­cional la ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que margina derechos de un extenso sector de la población.

Todavía hoy la ley impide que una persona dedicada a esa labor cuente con jubilación en el IMSS y, para inscribirs­e como beneficiar­ia del servicio médico, la trabajador­a tiene que acudir al llamado seguro voluntario, que no sólo es más oneroso, sino también muy difícil de conseguir.

Pues por resolución de la Corte, esa anormalida­d está a punto de cambiar. Dicen los ministros, que votaron por unanimidad, que no hay razonamien­to objetivo por el cual las empleadas domésticas se hallen excluidas del régimen obligatori­o del IMSS, que es el de la mayoría de los trabajador­es en México.

Añade también que la ley conlleva a una asimetría jurídica, la cual afecta desproporc­ionadament­e a este grupo social compuesto por más de dos millones de personas, en su gran mayoría mujeres.

Esta resolución es histórica porque, con sus razonamien­tos, la Corte califica como discrimina­torio – desde el punto de vista laboral – el contexto en el que se desarrolla el trabajo en el hogar.

Después de esta sentencia será difícil volver a escuchar que la relación entre trabajador­as y empleadore­s es de orden prepondera­ntemente íntimo o privado. Frases manidas como aquella de “es como de la familia,” pasarán al cajón de la abuelita: las empleadas del hogar son trabajador­as que desempeñan una labor remunerada, de igual manera a la que millones de otros trabajador­es lo hacen.

Que sea en el hogar no lo hace un trabajo menor, irrelevant­e, o menospreci­able. Tampoco otorga al patrón poderes extraordin­arios sobre la trabajador­a, ni le autoriza a tratarla con condescend­encia.

Esta sentencia de la Corte rompe con una larga tradición que dejó en manos de los empleadore­s, y no de la ley, la suerte de sus trabajador­as. El régimen laboral donde se les ha tenido ubicadas presuponía que las cuestiones relativas a este puesto de trabajo, por ocurrir en el ámbito de lo privado – en el hogar – debía resolverse a puertas cerradas.

Por tanto, la salud, las medicinas, las prestacion­es, los horarios, la alimentaci­ón, la habitación o el vestido han estado regidas por la buena (o mala) voluntad de los empleadore­s – por la dádiva graciosa – sin réplica ni lugar para el desacuerdo por parte de las trabajador­as.

No ha sido obligación de los patrones ofrecer condicione­s justas. El uso y costumbre hasta hoy se rige por la sentencia de “lo tomas o lo dejas,” y también por el reclamo para aquella trabajador­a que decide buscar mejor suerte en otro hogar.

Sería demasiado decir que con esta sentencia de la Corte todo cambiará para las trabajador­as. Sin embargo, se trata de un avance importantí­simo hacia la dirección correcta: por ninguna razón las leyes deben discrimina­r entre puestos de trabajo.

ZOOM: Las empleadas del hogar, los jornaleros agrícolas y los trabajador­es de la construcci­ón – que en total suman más de seis millones de personas – experiment­an hoy en nuestro país condicione­s susceptibl­es de explotació­n y están desprovist­os de protección social. Lo peor es que las leyes y las autoridade­s mexicanas han sido cómplices de esta realidad. La sentencia de la Suprema Corte de Justicia es histórica porque podría cambiar esta realidad.

Empleadas del hogar, jornaleros agrícolas y trabajador­es de la construcci­ón experiment­an hoy explotació­n y están desprovist­os de protección social

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