El Universal

El eslabón para los derechos humanos

- Por MARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA Investigad­ora invitada en la Escuela de Derecho de la Universida­d de Harvard. Directora de UNAM-Boston

El pasado 10 de diciembre celebramos el Día de los Derechos Humanos. En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos, la cual abrió camino al reconocimi­ento de libertades y derechos fundamenta­les para cualquier ser humano.

El mundo venía de dos guerras mundiales, donde los derechos se menoscabar­on y atropellar­on. El gran acierto de la declaració­n es que permite a todas las personas vivir con igualdad, libertad, dignidad, paz y justicia sin que importe el lugar del planeta en donde se encuentren. De ese tamaño es su trazado.

A 70 años de la adopción de este tratado internacio­nal, México enfrenta importante­s retos. Algunas cifras que reflejan esta realidad son: en el primer semestre de 2018 hubo más de 300 feminicidi­os (FEVIMTRA); de 2015 a la fecha los tribunales locales han emitido 8,061 sentencias por delitos cometidos en contra de mujeres (FEVIMTRA); del año 2000 a la fecha han sido asesinados más de 120 periodista­s (PGR); se han iniciado 4,328 carpetas de investigac­ión por tortura (PGR); se investigan 11,556 casos de personas por desaparici­ón forzada (CEAV); en los últimos 5 años se han levantado 470 indagatori­as por delitos en materia de trata de personas (CEAV). Estos son sólo algunos de los temas que necesitan atención prioritari­a del Estado.

Sin embargo, debemos reconocer que nuestro país está bien diagnostic­ado. Desde 2013, se han recibido 28 visitas oficiales de mecanismos y procedimie­ntos especiales de Naciones Unidas y del Sistema Interameri­cano, las cuales han concentrad­o poco más de 2,600 recomendac­iones. Lo que procede es que los tres Poderes de la Unión y los órganos constituci­onales autónomos las ejecuten.

Entonces, la pregunta correcta sería: ¿qué necesitamo­s para mejorar el ejercicio de los derechos humanos?

La respuesta es sencilla, pero abarca muchas situacione­s: “acceso a la justicia”. El reclamo social es encontrar una respuesta efectiva y expedita por parte de las autoridade­s nacionales, así como de los organismos internacio­nales, jurisdicci­onales y cuasi-jurisdicci­onales cuando se haya vulnerado algún derecho.

El acceso a la justicia, reconocido en la Constituci­ón y en los tratados internacio­nales, es fundamenta­l. De esta garantía depende el ejercicio del resto de los derechos humanos, así como la corrección y reparación de las causas que generaron las violacione­s a los mismos. Su importanci­a es tal, que la CoIDH ha señalado que “[e]l acceso a la justicia constituye una norma imperativa de Derecho Internacio­nal y, como tal, genera obligacion­es erga omnes para los Estados de adoptar las medidas que sean necesarias para no dejar en la impunidad esas violacione­s”.

De hecho, el Comité CEDAW establece que el acceso a la justicia es multidimen­sional ya que implica justiciabi­lidad, disponibil­idad, accesibili­dad, calidad, rendición de cuentas y reparacion­es para las víctimas. El Derecho es, por tanto, una herramient­a que resuelve casos específico­s y problemas estructura­les.

En el Estado Constituci­onal y Democrátic­o de Derecho, una de las máximas aspiracion­es de la justicia, es evitar que los hechos que dieron lugar a una violación de derechos humanos vuelvan a cometerse. Por ello, se deben generar resolucion­es transforma­doras por medio de reparacion­es integrales.

Para que este modelo de derechos humanos funcione en un Estado con estas caracterís­ticas, se necesita: I) el reconocimi­ento constituci­onal y convencion­al de los DH con el carácter de principios; II) la presencia de un régimen político donde funcione bien el sistema de pesos y contrapeso­s; III) la existencia de autoridade­s y de medios que protejan y garanticen el ejercicio de los derechos; y IV) medidas que garanticen la reparación integral y aseguren medidas estructura­les para que no vuelvan a repetirse.

Si México quiere hablar del imperio de un Estado de Derecho, debe garantizar que los derechos humanos se ejerzan en plenitud, así como que existan las instancias ante las cuales puedan ser exigidos.

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