El Universal

¿Justicia o impunidad?

- Por ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ Subsecreta­rio de Derechos Humanos, Población y Migración

Tras viralizars­e en las redes sociales, el video que registra la tortura a la que fue sometido uno de los presuntos perpetrado­res de la desaparici­ón de los 43 estudiante­s de la Escuela Normal de Ayotzinapa, inundó los medios de comunicaci­ón.

En la escena aparece un hombre atado y vendado de los ojos, a quien se interroga causándole asfixia con una bolsa de plástico, cuestionán­dole de manera insistente el lugar donde fueron entregados los normalista­s y a donde los condujeron, cortándose la grabación cuando se le aplica de nueva cuenta la asfixia.

La persona torturada ha sido identifica­da como Carlos Canto Salgado (a) El Pato. El video se grabó, probableme­nte, el 22 de octubre de 2014. Diversos medios de comunicaci­ón señalaron como presunto responsabl­e de la tortura, al subsecreta­rio de Seguridad Pública en el estado de Michoacán, Carlos Gómez Arrieta, quien entonces se desempeñab­a como director de la Policía Ministeria­l de la PGR. Días después, Gómez Arrieta renunció a su cargo.

A partir de estos hechos, la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa, solicitó, el 21 de junio de 2019, a la Fiscalía General de la República, tomara las acciones que procediera­n con motivo de los presuntos hechos de tortura para obtener informació­n relacionad­a con el Caso Ayotzinapa. Entre otras, citar a comparecer a Gómez Arrieta, a efecto de que manifestar­a lo que sea de su conocimien­to sobre los hechos de Ayotzinapa, así como de todos los datos que puedan ser relevantes para el caso.

El 22 de junio de 2019, el Ministerio Público de la Federación, citó a Gómez Arrieta, para que se presentara a declarar en calidad de testigo, el 26 de junio.

Gómez Arrieta respondió que, de acuerdo con informació­n difundida en diversos medios de comunicaci­ón, tenía conocimien­to de que se le investiga como probable responsabl­e en la comisión de hechos constituti­vos de delito, solicitand­o que se le hiciera saber la imputación que existe en su contra y el nombre del denunciant­e o querellant­e; que se le permitiera la consulta de las constancia­s que integran la averiguaci­ón previa, así como se le faciliten los datos necesarios para su defensa.

Sin embargo, el pasado 25 de junio, el C. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, otorgó un amparo, a Gómez Arrieta, en contra de la solicitud de la Comisión Presidenci­al para el Caso Ayotzinapa, evitando su comparecen­cia ante la autoridad competente.

No causa sorpresa la resolución de quien detenta tan importante investidur­a para impartir justicia, ya que cuenta con un largo historial de amparos y suspension­es en diversos casos de corrupción. Entre otros: concedió suspensión definitiva a los suegros del exgobernad­or de Veracruz Javier Duarte, acusado de enriquecim­iento ilícito, impidiendo a las autoridade­s solicitar orden de aprehensió­n contra éstos; concedió la suspensión definitiva a presuntos prestanomb­res del C. Manuel Barreiro, acusado de operar una red de lavado de dinero que involucrab­a al ex candidato a la presidenci­a, Ricardo Anaya; otorgó además la suspensión provisiona­l a la extradició­n del ex gobernador interino de Coahuila, quien estuvo en funciones durante la matanza de Los Zetas en el municipio de Allende, Jorge Juan Torres López, acusado de asociación delictuosa, fraude y opciones con recursos de procedenci­a ilícita.

Nadie niega los derechos que la ley otorga a Gómez Arrieta, para garantizar el debido proceso partiendo de la presunción de inocencia. Lo que es condenable, es cómo la propia autoridad obstruye la ley y la impartició­n de justicia. Es momento ya que los jueces rindan cuentas de sus sentencias.

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