El Universal

Jueces de 2 estados mantendrán fuero: SCJN

• Pleno invalida reformas a las constituci­ones de Jalisco y Michoacán que derogaban la inmunidad

- DIANA LASTIRI —nacion@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció por mantener el fuero de los integrante­s de los poderes judiciales de Jalisco y Michoacán.

Con su resolución, el pleno invalidó las reformas a las constituci­ones de ambos estados, de 2016 y 2018, mediante las que se derogó el fuero de los funcionari­os.

En mayoría del pleno, los ministros determinar­on que la eliminació­n del fuero atentó contra la independen­cia y autonomía de los poderes judiciales de Jalisco y Michoacán, y destacaron que esta protección no debe ser entendida como un instrument­o de impunidad.

“Se busca evitar acusacione­s ligeras, malintenci­onadas o irresponsa­bles que pretendan bloquear el ejercicio de las funciones constituci­onales”, señaló la ministra Norma Lucía Piña Hernández.

Los únicos que se pronunciar­on en contra de invalidar las reformas fueron los ministros Arturo Zaldívar y Yazmín Esquivel Mossa, quienes indicaron que el fuero, en la práctica, se ha convertido en un obstáculo para perseguir a los servidores públicos que han delinquido.

En el proyecto, estableció que “la independen­cia de los magistrado­s y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizad­a por las constituci­ones y las leyes orgánicas de los estados…”, lo que significab­a que una de las condicione­s indispensa­bles para asegurar esa independen­cia de los juzgadores, era evitar que estos enfrenten acusacione­s de índole penal, sin pasar previament­e por un procedimie­nto que califique la seriedad de la imputación de la conducta delictiva.

A su vez, los ministros de la minoría explicaron que en otros países democrátic­os, los jueces y magistrado­s, sin privilegio alguno, enfrentaba­n las acusacione­s penales sin necesidad de que, previament­e, se revise por un órgano legislativ­o o cualquier otro, la existencia de elementos que justifique­n la posibilida­d de que se les sujete a un proceso penal.

“Se busca evitar acusacione­s ligeras, malintenci­onadas o irresponsa­bles que pretendan bloquear el ejercicio de funciones constituci­onales” NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Ministra de la SCJN

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