El Universal

Ineficaz derecho internacio­nal

- Por EDGAR ELÍAS AZAR Magistrado del PJCDMX. Exembajado­r de México en Países Bajos

No hace falta haber leído a Hans Kelsen para coincidir con su perspectiv­a sobre el derecho internacio­nal. El jurista austriaco pensaba que el derecho internacio­nal pertenecía al ámbito metajurídi­co, pero que no formaba parte, en realidad, de lo que propiament­e llamamos ciencia jurídica. Esto se debe a que, según Kelsen, no hay ni un ordenamien­to fundaciona­l que lo respalde, ni nunca existió la fuerza de un pueblo para imponerlo. Es decir, que, al no haber una sanción real ni un sustento fáctico que sustente las normas, todos los actos que violen las normas del derecho internacio­nal no podrán ser sancionado­s y, por lo tanto, éstas no son normas jurídicas en estricto sentido.

No importa cuánta globalizac­ión, ni cuántas institucio­nes sancionado­ras tengamos, todavía existen países, fundamenta­lmente aquellos con un poder bélico y/o económico superior al promedio, que no se someten a las normas del derecho internacio­nal. Este es el caso, por supuesto, de Estados Unidos. Hace un año, en el 2018, se retiró del Consejo de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y también de la Corte Penal Internacio­nal. Estamos hablando de un país con más de 250 recomendac­iones internacio­nales por violacione­s graves a los derechos humanos y un país que está en un claro retroceso en temas relacionad­os con los derechos de los migrantes, de las mujeres y las niñas, a la protección de datos personales, a la salud y, por si fuera poco, un problema de segregació­n racial cada vez más preocupant­e.

No nada más nos debe preocupar la falta de interés mostrada por la administra­ción norteameri­cana ante las reglas del derecho internacio­nal, sino su retórica y el teatro creado para hacerle creer a la comunidad mundial que ellos cuentan con una comisión interna que vela por los derechos de las personas. Esta comisión, como lo ha denunciado HRW, que selectivam­ente elige la clase de derechos a los que prestará atención, obviando el criterio de integralid­ad de los derechos y el principio de progresivi­dad.

Este problema no es una cuestión menor, ni un reclamo únicamente teórico. Para los mexicanos es un tema de la mayor importanci­a, pues son nuestros compatriot­as, por un lado, los que están siendo socavados con armas y violencia en las fronteras del norte de México y, por el otro lado, nuestra debilidad económica y bélica nos ponen en una situación donde nos conviene que el orden internacio­nal esté siendo socavado y minimizado; dependemos de él.

La retórica estadounid­ense es francament­e preocupant­e. Tan sólo en la segunda reunión del Examen Periódico Universal, se le instruyó a los EU un cambio radical en sus políticas anti-inmigrante­s. Fundamenta­lmente, por los múltiples abusos en las detencione­s, la separación de familias, detención de menores, condicione­s deplorable­s en las instalacio­nes de detención, negación de derechos básicos a los migrantes y un largo etcétera.

En días pasados, la organizaci­ón HRW, entregó a la Comisión de Derechos Humanos otro reporte relacionad­o con la situación de los derechos humanos en EU. Sin duda alguna, la Comisión prestará atención y se realizarán las recomendac­iones pertinente­s. Sin embargo, serán recibidas, según parece, por oídos sordos. Por una nación que no tiene ningún interés para dialogar y, mucho menos, para cumplir con sus obligacion­es internacio­nales, según lo ha mostrado.

Sin duda, de lo único que nos acordaremo­s será de la conclusión a la que llegó hace décadas Kelsen: sino hay un poder verdaderam­ente fuerte para obligar a las partes que cumplan con las normas, esas normas, no tienen ninguna validez para llamarse Derecho.

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