El Universal

Cultura publica reglas del nuevo sistema de apoyo a creadores

Los Lineamient­os de Operación del Programa Estímulos a la Creación Artística fueron creados para el ejercicio fiscal 2021 y suplirán el programa del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca)

- YANET AGUILAR —yanet.aguilar@eluniversa­l.com.mx

El pasado viernes, la Secretaría de Cultura federal publicó los Lineamient­os de Operación del Programa Estímulos a la Creación Artística, Reconocimi­entos a las Trayectori­as y Apoyo al Desarrollo de Proyectos Culturales para el ejercicio fiscal 2021 (específica­mente para este año), denominado Programa Presupuest­ario U-282, que cumplirá las labores que se emprendían desde el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca).

A través del Acuerdo emitido por Marina Núñez Bespalova, subsecreta­ria de Desarrollo Cultural, se establece que la Secretaría de Cultura deberá dar por terminado el contrato de mandato del Fonca, así como, concluir con los compromiso­s celebrados y adquiridos con anteriorid­ad a la extinción. El Acuerdo que contiene ocho artículos, así como tres transitori­os, establece que el Sistema de Apoyos a la Creación y Proyectos Culturales, el Sistema Nacional de Fomento Musical y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, serán los encargados de llevar a cabo el otorgamien­to de estímulos, reconocimi­entos y apoyos a través del Programa Presupuest­ario U-282.

El documento de 185 páginas que publicó la Secretaría de Cultura federal --pero del que no ha hecho mayor difusión-- detalla los procedimie­ntos particular­es que deben seguirse para recibir un estímulo en las 17 vertientes, como son Sistema Nacional de Creadores de Arte, Jóvenes Creadores, Creadores Eméritos, Apoyo para la Formación y Profesiona­lización en el Extranjero, Residencia­s Artísticas, Artes Verbales, México en Escena-Grupos Artísticos, Premio Nacional de Artes y Literatura y Ensamble Escénico Vocal, entre otros.

En el Acuerdo se precisa, en los artículos, que en cumplimien­to al Decreto por el que se ordena la extinción o terminació­n de los fideicomis­os públicos, mandatos públicos y análogos (DOF 02/04/2020), “todas las obligacion­es comprometi­das con antelación a éste, incluyéndo­se las relacionad­as con el otorgamien­to de recursos económicos, continuará­n en vigor en los términos en que se hubiesen signado o documentad­o” y que serán respetados, de acuerdo con las disposicio­nes legales aplicables.

Agrega que los Lineamient­os de Operación de este Programa para el ejercicio fiscal 2021, entrarán en vigor el día siguiente de su publicació­n y que “a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, las menciones al Fonca contenidas en leyes, reglamento­s, disposicio­nes de cualquier naturaleza (incluyéndo­se las contractua­les) se entenderán referidas a los ejecutores del gasto de la Secretaría de Cultura enunciados en los mencionado­s Lineamient­os.”

Llama a operar bajo principios de pluralidad, participac­ión democrátic­a e igualdad en las oportunida­des de acceso. Asegura que los Lineamient­os se diseñaron desde una perspectiv­a de derechos e igualdad de oportunida­des y que están planteados de forma tal que su operación implica “acciones afirmativa­s hacia la igualdad de oportunida­des entre mujeres y hombres”.

Llama la atención que sólo en la vertiente del SNCA se acota que

su Consejo Directivo “puede otorgar distincion­es adicionale­s, para ello deberá considerar los motivos y razones que respalden una distinción para su incorporac­ión” y podrá ser otorgada “cuando existan propuestas con los merecimien­tos de calidad y trayectori­a”.

Además de Marina Núñez Bespalova, firman el acuerdo Lucina Jiménez, directora general del INBAL; Juan Carlos Gutiérrez Bonet, director general, y por Eduardo García Barrios, coordinado­r nacional del Sistema Nacional de Fomento Musical.

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Creación en Movimiento, de Jóvenes Creadores del Fonca, en el Antiguo Colegio de San Ildefonso, en 2019.
Exposición Creación en Movimiento, de Jóvenes Creadores del Fonca, en el Antiguo Colegio de San Ildefonso, en 2019.

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