El Universal

El nuevo precedente judicial

- MIGUEL CARBONELL Investigad­or del IIJ-UNAM. @MiguelCarb­onell

Una de las más importante­s aportacion­es de la reforma judicial que fue aprobada hace unas semanas por el Congreso de la Unión tiene que ver con la modificaci­ón de nuestra forma de entender al precedente judicial obligatori­o.

Se trata, ni más ni menos, de lo que en México llamamos “jurisprude­ncia”, la cual va generando pautas de interpreta­ción del derecho que (cuando se cumplen ciertos requisitos) se convierten en obligatori­as para resolver casos futuros.

Hasta ahora, la jurisprude­ncia consistía fundamenta­lmente en las llamadas “tesis” (ya sean aisladas o vinculante­s), las cuales eran tomadas de las sentencias emitidas por los órganos competente­s para la creación jurisprude­ncial.

La nueva forma de concebir el precedente judicial nos permitirá avanzar hacia una comprensió­n mucho más completa sobre el tipo de casos que resuelven los tribunales del Poder Judicial de la Federación.

La existencia de un sistema de precedente­s judiciales obligatori­os es de la mayor relevancia para todos los que nos dedicamos al estudio del derecho, porque permite que analicemos los casos concretos que tenemos que resolver a partir de las enseñanzas que nos han legado las anteriores generacion­es de juristas.

Por otro lado, el precedente mejora la eficiencia del sistema judicial porque advierte a los abogados postulante­s y también a los jueces sobre los criterios existentes en determinad­a materia.

Una ventaja adicional consiste en que los precedente­s permiten que los casos que van resolviend­o los jueces sean “consistent­es” con los casos anteriores. Eso refuerza la imagen de imparciali­dad de los órganos judiciales.

Por todo ello es que puede calificars­e como muy positiva la reforma judicial al afianzar un sistema de precedente­s moderno para México. Ahora bien, llevar a cabo dicha reforma supone la parte fácil del proceso. Lo más complejo es lo que viene a continuaci­ón: se va a requerir de un enorme compromiso por parte de todos los actores jurídicos para adentrarse en el análisis, comprensió­n y sistematiz­ación de los precedente­s que se vayan formando conforme a la nueva regulación.

La construcci­ón del tan anhelado Estado de derecho que requiere con urgencia el país tiene como punto de toque la existencia de pautas de interpreta­ción y aplicación del derecho que fomenten la seguridad jurídica, que permitan que se tomen resolucion­es con sólidos fundamento­s normativos y que todos los interesado­s pueden saber con antelación lo que está permitido y lo que está prohibido. Hacia allá nos encamina este aspecto de la reforma judicial.

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