El Universal

Perfilan amonestaci­ón a Morena por excluir a MC

Magistrado contempla sanciones a coordinado­res del guinda, PT y PVEM por desacatar a tribunal y dejar fuera a Movimiento Ciudadano de Permanente

- OTILIA CARVAJAL —nacion@eluniversa­l.com.mx

Por desacatar la sentencia para incluir a un diputado de Movimiento Ciudadano en la Comisión Permanente, el magistrado Felipe de la Mata perfila amonestar a los coordinado­res de Morena, PT y PVEM que votaron en contra, y evalúa tomar medidas penales si persiste el incumplimi­ento.

En el proyecto que se hizo público este miércoles, el magistrado del Tribunal Electoral propone amonestar públicamen­te a los coordinado­res Ignacio Mier, de Morena; Carlos Puente, del Partido Verde, y Alberto Anaya, del PT, porque se votó en contra de acatar la resolución en la reunión de la Junta de Coordinaci­ón Política (Jucopo).

El magistrado planteó otorgar un plazo de 72 horas, contadas a partir del momento siguiente a la notificaci­ón de la sentencia, para que la Jucopo cumpla con la resolución.

“En caso de persistir en el desacato, a fin de sancionar la conducta contumaz, esta Sala Superior impondrá una multa a las diputacion­es que incidan en el incumplimi­ento”, expuso.

En cuanto a la amonestaci­ón pública, se ordena que la sentencia sea publicada en un vínculo directo de la página de internet del Tribunal Electoral, así como en uno de la página de la Cámara de Diputados, en la cual se precisa de manera destacada esta sanción.

Además, apercibe a los integrante­s de la Jucopo y de la Mesa Directiva en San Lázaro para que den cumplimien­to.

Al subrayar que las sentencias del tribunal no pueden estar sujetas a la voluntad de las partes, advirtió que “en caso de persistir el desacato, se procederá a tomar todas las medidas necesarias, incluso penales, para conseguir el cumplimien­to y, en caso de que se evidencie la contumacia, esta Sala Superior podrá ordenar la ejecución directa en plenitud de jurisdicci­ón”.

Lo anterior, luego de que la Sala Superior resolvió que Movimiento Ciudadano debía ser integrado en la Comisión Permanente, por lo que ordenó a la Cámara de Diputados su inclusión inmediata.

Sin embargo, la Jucopo emitió un acuerdo en el que determinó la imposibili­dad de cumplir la resolución, al señalar que el TEPJF excedió sus facultades.

Al respecto, el magistrado Felipe de la Mata precisó que no era necesario que la integració­n de Movimiento Ciudadano pasara por el pleno de la Cámara, porque se trataba de un mandato muy concreto, para lo cual se vinculaba directamen­te a la Jucopo y a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.

Por ello, enfatizó que el TEPJF es la máxima autoridad jurisdicci­onal en materia electoral y sus resolucion­es son definitiva­s, firmes e inatacable­s. Lo anterior significa que las sentencias no pueden ser cuestionad­as por ninguna autoridad, por lo que deben cumplirse en los términos establecid­os.

“Como se observa, la Jucopo pretende controvert­ir las considerac­iones de la sentencia principal y de la resolución incidental. Sin embargo, sus argumentos no pueden ser atendidos, porque las determinac­iones de la Sala Superior son definitiva­s e inatacable­s, es decir, adquieren la calidad de cosa juzgada, motivo por el cual deben ser cumplidas”, señaló el magistrado en el proyecto. •

FELIPE DE LA MATA Magistrado “Sus argumentos no pueden ser atendidos, porque las determinac­iones de la Sala Superior son definitiva­s e inatacable­s”

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El magistrado dijo que no era necesario que la inclusión de Movimiento Ciudadano pasara por el pleno de la Cámara de Diputados, pues se trataba de un mandato muy concreto.

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