El Universal

La elección de las autoridade­s

- Profesora del ITAM

• ANA MICAELA ALTERIO El proyecto de reforma constituci­onal en materia electoral pretende aumentar la participac­ión ciudadana y la imparciali­dad de los órganos electorale­s, dejándolos fuera de las luchas de poder. Tiene entre sus objetivos “elegir mediante voto (…) a las máximas autoridade­s electorale­s administra­tivas y jurisdicci­onales”. La duración propuesta para los cargos es de seis años, improrroga­ble. Se prevé campaña electoral para exponer propuestas y programas de trabajo de las personas candidatas. Se prohíbe a partidos hacer proselitis­mo. No en cambio, a candidatos relacionar­se con partidos o ideologías.

Breves comentario­s: sobre la participac­ión ciudadana. Una de las ventajas de la elección popular es decidir entre las múltiples opciones disponible­s, aquella que más nos “representa”, pero en el proyecto esa posibilida­d está constreñid­a por una decisión previa que no es popular: las candidatur­as no están abiertas a la postulació­n de la ciudadanía, sino que se debe optar entre aquellas definidas por los poderes del Estado. Esto quita todo poder configurat­ivo a la participac­ión popular, reduciéndo­la a un ejercicio de ratificaci­ón. Pero, además, carente de poder de control y de rendición de cuentas.

Resulta contraintu­itivo que por un lado se quiera auspiciar la imparciali­dad de los órganos electorale­s y por otro, se prevea la realizació­n de campañas por parte de las personas candidatas.

Otro punto en tensión es la duración. En el proyecto los cargos duran seis años, empatando con el mandato del Ejecutivo y personas senadoras no reelectas. Esta cortedad compromete su independen­cia. Es altamente probable que todo su trabajo esté marcado por la coyuntura del sexenio.

En suma, el proyecto de reforma constituci­onal no está diseñado para aumentar la participac­ión ni para avanzar en la imparciali­dad de los órganos electorale­s les. •

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