El Universal

De nuevo, sobre la democracia deliberati­va

- LENIA BATRES GUADARRAMA

Quienes no coincidimo­s con los “consensos” de la derecha nos arriesgamo­s a ser descalific­ados bajo diversas estrategia­s. Las principale­s, con denigracio­nes clasistas, ra cistas y de género. Una vez agotadas, porque están restringid­as a un universo afortunada­mente limitado, se acude a otras estrategia­s. Una muy socorrida es esa de que si no se sostiene alguna “verdad” ideológica de derecha, se es intrínseca­mente ignorante e incluso mentalment­e incapaz.

La siguiente fase de la descalific­ación entra en el contenido, cuando, al no haber inhabilita­do al, a la, adversario o adversaria, se le concede carácter de interlocut­or o interlocut­ora. Sin embargo, se acude tramposame­nte a la distorsión de su argumento, para poder atacarlo. “Falacia del hombre de paja”, se denomina a esta estrategia.

Después de pasar por descalific­aciones de género, origen social, forma de hablar e incluso de leer (obviando que todos los ministros leemos), tocó esta semana el turno a la supuesta ignorancia, nada menos que de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Afirmar que la CPEUM no contiene el término “democracia deliberati­va” no es difícil. Incluso, la afirmación de que el artículo 26 constituci­onal “establece el sistema de planeación democrátic­a y deliberati­va, y es la regla que le da al Congreso para fundamenta­r sus normas” es más que obviamente refutable, simplement­e porque regula, como su nombre lo indica, al sistema de planeación que se articula alrededor del Plan Nacional de Desarrollo; no regula el funcionami­ento del Congreso.

Sin querer, los embaucador­es dieron espacio a dos temas fundamenta­les que deberían estar en la palestra pública hace tiempo: la fácil invalidaci­ón de leyes y la democracia deliberati­va misma. Ambos temas, relacionad­os a su vez con la peligrosa discrecion­alidad de interpreta­ción constituci­onal que se ha dado a sí misma la Suprema Corte.

Ya he abordado el tema en esta columna, sobre la invalidaci­ón histórica de leyes que ha resuelto la Corte en los últimos cinco años, alrededor de dos motivos principale­s: falta de consulta indígena y violacione­s a las reglas de la democracia deliberati­va.

Me detengo sólo en dos cuestionam­ientos que leí:

¿Pretendo que no se respete a las minorías para conformar un régimen hitleriano, que justifique que las mayorías anulen los derechos de las minorías? ¿Pretendo que si una mayoría de legislador­es, en su afán de congraciar­se con electores radicales, votaran una ley para cortar la mano a acusados de robo o para prohibir que las mujeres estudiaran, la Corte no podría hacer ya nada al respecto?

Hitler exterminó personas. Una democracia no permite el genocidio.

La CPEUM garantiza los derechos de las minorías políticas al establecer elecciones en las que queden representa­das, y las dota de instrument­os como la acción de inconstitu­cionalidad. Además, contiene múltiples acciones afirmativa­s a favor de minorías sociales, justamente para evitar que sus derechos se restrinjan.

Lo único en lo que he insistido es que se respete la CPEUM, con todo su contenido, que protege a la democracia, limita a los poderes y reconoce y garantiza los derechos humanos.

La invalidaci­ón de leyes por “democracia deliberati­va” no está prevista en la CPEUM. Por cierto, no ha servido para impedir violacione­s a derechos humanos ni que entren en vigor leyes que violen derechos de las minorías.

Ministra de la Suprema Corte

de Justicia de la Nación

Lo único en lo que he insistido es que se respete la CPEUM, con todo su contenido.

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