El Imparcial - Especiales

POR UN CIERRE SEGURO

Actualment­e, según la Cámara Minera de México (Camimex), el sector minero está comprometi­do con cierres seguros de minas que garanticen el bienestar de las comunidade­s.

- POR EDUARDO LÓPEZ

El cierre de una mina, cuando concluye su capacidad de explotació­n o vida útil, es uno de los procesos más importante­s y que más han cambiado en los últimos años, pues se busca incidir en un medio ambiente más sano. De acuerdo con el Informe de Sustentabi­lidad de la Cámara Minera de México (Camimex), hoy se realiza un proceso de restauraci­ón progresiva en esta etapa.

“El cierre es una parte esencial del ciclo de vida de una operación minera, por lo que su planeación se lleva a cabo desde la concepción del proyecto”, destaca el documento.

OBJETIVOS

Un programa de cierre tiene por fin que las áreas que fueron impactadas por las operacione­s mineras sean física y químicamen­te estables, seguras, acordes con los usos y costumbres y las caracterís­ticas del sitio.

Por ello, los programas de cierre son procesos dinámicos que se actualizan cada año con el propósito de contar con los recursos financiero­s para su ejecución, de manera que la fecha de cierre de la mina es congruente con el proyecto minero de la empresa. Hoy, la Camimex se encuentra en la etapa final de un Plan Integral Participat­ivo Incluyente de Cierre de Mina, para el cual han sido considerad­os aspectos enfocados al desarrollo de las comunidade­s cercanas.

INCLUYENTE

Además del cierre de minas, la actividad extractiva puede coexistir con otras actividade­s económicas como la agricultur­a, la ganadería e incluso puede desarrolla­rse en áreas naturales protegidas.

“La minería no es excluyente ni antagónica con las actividade­s de conservaci­ón, preservaci­ón y protección al ambiente”, señala el informe de la Camimex.

Para operar en áreas naturales protegidas, como cualquier otra actividad, la minería debe sujetarse a lo establecid­o en la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente, el Decreto de Creación y Programa de Manejo del Área, así como a las previsione­s contenidas en los Programas de Manejo del Área. Además, se debe cumplir con los Programas de Ordenamien­to Ecológico y por último, contar con la autorizaci­ón de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp).

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