Así el Art. 55 de la Ley de Cultura Física
Artículo 55. Las Asociaciones Deportivas Nacionales, para ser sujetos de los apoyos y estímulos que en su caso acuerde el Ejecutivo Federal, deberán estar registradas como tales por la CONADE, cumplir con lo previsto en la presente Ley, el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, con las obligaciones que se les imponga como integrantes del SINADE y demás disposiciones aplicables en materia presupuestaria, incluyendo el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación que anualmente expida la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, así como las Reglas de Operación correspondientes. /
evento a una Federación o a una Asociación Civil que desconoció, es una tremenda contradicción. Tendría que haberle dado a alguien que todavía tuviera sus derechos deportivos intactos, evidentemente todos sabemos que es un tema de una venganza, es un tema de un revanchismo, que es un tema de poder".
Agregó que no sólo la Conade cometió un acto ilegal "aquí también hay un tercer involucrado que falta a sus facultades de ley, que es el Instituto del Deporte que organizó el evento, en este caso, el Instituto del Deporte de Jalisco porque consiente un acto que a todas luces es ilegal, también tiene una responsabilidad que debe de asumir, se puede demandar sobre los efectos que tenga esos resultados de ese evento, yo sí lo haría".
En un comunicado que envió la Conade el pasado 23 de abril, el organismo aceptó el respaldo al evento organizado por la FMN, ya que le dio a los nadadores que participaron en la competencia un "...acompañamiento y atención a los órganos de Cultura Física y Deporte que así lo solicitaron". Sin embargo, en el artículo 55 de la Ley General de Cultura Física y Deporte indica que: "las Asociaciones Deportivas Nacionales, para ser sujetos de los apoyos y estímulos que en su caso acuerde el Ejecutivo Federal, deberán estar registradas como tales por la CONADE, cumplir con lo previsto en la presente Ley, el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, con las obligaciones que se les imponga como integrantes del SINADE y demás disposiciones aplicables en materia presupuestaria".
"Conade no puede asignarle los recursos (ni económicos ni de personal) a esta Federación como si fuera una Asociación Deportiva Nacional. La FMN hoy es un simple ente privado o una Asociación Civil, no tiene ninguna otra facultad", sentenció el abogado.